El ingreso clandestino a una cuenta de la red social Facebook se equipara a la “violación de correspondencia”, motivo por el cual debe ser investigado por la Justicia federal, dictaminó el procurador general interino, Luis González Warcalde. La causa se inició en la provincia de Río Negro a partir de la denuncia de un hombre que advirtió que una persona desconocida ingresó en la cuenta de Facebook de su hijo menor de edad y desde allí “insultó, amenazó y acusó no sólo a aquellas personas que el menor tiene agregados en su cuenta, sino también a otras”. En primera instancia, la jueza federal de Viedma no aceptó la competencia al afirmar que “el ingreso ilegítimo a la cuenta Facebook no estaría incluido en esa hipótesis (de la violación de correspondencia), dado que su acceso resulta independiente de la cuenta de correo” y que tal accionar “no habría afectado intereses nacionales ni a la comunidad en general”. González Warcalde, en cambio, dictaminó que “una cuenta privada de Facebook estaría dentro del concepto de ‘comunicación electrónica’ o de ‘dato informático de acceso restringido’, razón por la cual ‘estaríamos ante un hecho de violación de correspondencia’”.
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