Mié 21.11.2012

SOCIEDAD  › EL TRIBUNAL CONDENó A 18 AñOS DE PRISIóN A SUSANA FREYDOZ POR EL ASESINATO DEL GOBERNADOR CARLOS SORIA

Una viuda con larga temporada en el hospital

La mujer fue encontrada culpable de matar a su marido, gobernador de Río Negro, tras la noche de Año Nuevo. Los jueces descartaron la emoción violenta o la posibilidad de un accidente. Freydoz cumplirá la pena internada en el hospital de Cipolletti.

› Por Emilio Ruchansky

Desde General Roca, Río Negro

Susana Freydoz fue condenada ayer a 18 años de prisión por haber matado a su esposo, Carlos Soria, gobernador de Río Negro. El tribunal, que no falló por unanimidad, coincidió con la fiscalía en que se trató de un homicidio agravado por el vínculo y el uso de armas, e incluyó “circunstancias extraordinarias de atenuación” al fijar el monto de la pena. De esta manera, fue descartada la emoción violenta o la posibilidad de un accidente. Sobre este último punto, en su voto, Carlos Gauna Kroeger argumentó: “Habría que aceptar un concierto de casualidades imposibles de creer”. Luego estimó que, por los peritajes psiquiátricos, la acusada no es inimputable. Freydoz seguirá internada en el hospital de Cipolletti por su salud mental y para evitar represalias de otras presas en caso de ir a un cárcel común.

“Están prohibidas todas las manifestaciones de apoyo o rechazo”, dijo antes de empezar a leer el fallo Gauna Kroeger, presidente de la Cámara Primera en lo Criminal de General Roca, integrado también por los jueces subrogantes María García Balduini y Fernando Sánchez Freytes. Minutos antes, el constante murmullo en la sala se deshizo con la aparición de Freydoz, junto a su abogado Alberto Riccheri y su hija María Emilia. La hermana de la acusada y otros familiares permanecieron en las últimas filas, los otros tres hijos del matrimonio no asistieron a la lectura del veredicto.

Gauna Kroeger hizo un extenso repaso de algunas de las 31 declaraciones durante el juicio que demandó siete audiencias y advirtió que la tensión en el matrimonio se intensificó en 2009, cuando Soria lanzó su campaña a gobernador y Freydoz sospechaba que su marido tenía un amante. “Ella le cuestionaba las designaciones de mujeres y cualquiera que trabajara con él en la municipalidad era una potencial amante”, dijo el juez, citando a una de las nueras. Luego recordó que María Emilia contó que su madre solía llamarla llorando, diciéndole que su padre tenía una amante.

“Las amigas le habían conseguido un psicólogo, pero ella no quería ir. Eran los dos de carácter fuerte, pero las discusiones generalmente las iniciaba ella”, señaló el juez. Luego recordó que sus hijos coincidieron en que Freydoz revisaba el teléfono celular de Soria, anotaba los números y llamaba a los números para ver si respondía una mujer. “Ella decía que él no la miraba porque estaba gorda y vieja”, dijo el magistrado al citar nuevamente a María Emilia y señaló luego que había humillaciones recíprocas, pero no violencia física entre ellos.

Martín Soria, agregó, declaró que su padre se refugiaba en su casa para no estar con su madre y que peleaban por trivialidades. “Dijo que hace poco se había enterado de que lo espiaba desde la plaza del municipio y que lo seguía en auto”, comentó el juez. Luego se refirió a Carlos Soria hijo, quien relató que su padre pidió a su madre que se separaran: “Yo me quedo en la chacra y vos andate al departamento”. Freydoz trató de buscar ayuda psicológica, dijo el juez, “pero Soria le objetaba que tuviera cuidado con lo que decía en terapia, por lo que dejó de ir, siendo ésa una posibilidad de evitar este drama”.

El magistrado recordó también la declaración de Lidia Cárdenas, empleada doméstica del matrimonio, y la indiferencia de trato de Soria hacia su esposa. Luego citó a Germán Soria, otro hijo del matrimonio, quien contó que luego de ganar las elecciones a gobernador en 2011 su madre le exigió a su padre saber si tenía un amante y amenazó con tirarse por el balcón, si no se lo decía. “Soria había abierto la ventana y le dijo: ‘Ahí tenés, tirate y no me rompás más las bolas, loca de mierda, matate hija de puta y dejame en paz”. Para el juez había “obsesión de celos”, pero no delirios.

Las circunstancias extraordinarias de atenuación, mencionadas en el fallo, tienen relación con estos testimonios, ya que estos episodios sirven para contrarrestar el “agravante por el vínculo”, es decir, el matrimonio. También se tuvo en cuenta que la mujer no pudo asistir al psicólogo por presión de su marido y que mostró arrepentimiento, luego del disparo. La opción de la prisión perpetua, propuesta por la fiscal Laura Pérez, fue atenuada también porque no se trató de un asesinato para recibir una herencia o por un odio hacia el cónyuge.

Los momentos previos al disparo, tras la fiesta de Año Nuevo en la chacra familiar en las afueras de General Roca, también muestran los cortocircuitos entre Soria y Freydoz. “Según describió María Emilia, esa noche ella simula ser perfecta, está bien con todo el mundo y discutía con su marido por lo bajo y charlaba con el resto como si estuviera todo bien”, leyó Gauna Kroeger. “Aquella noche, cuando ambos se encuentran en la habitación, Soria le dijo que al día siguiente armaría un bolso y se iría. Era una pareja fuertemente desgastada”, dijo el juez.

María García Balduini discrepó con la atenuación impuesta por la mayoría y, aunque definió el hecho como “una tragedia inconmensurable con poca cantidad de prueba”, pidió elevar la pena a prisión perpetua. La jueza señaló lo irracional de traer a un perito de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Ricardo Risso, “adelantándose a la insuficiencia de los de acá” y de que el caso se centrara en descartar o no la locura de la imputada. Luego advirtió “un prejuicio metodológico inaceptable, de querer atar la moral con la ley, a riesgo de juzgar actores y no actos”.

“Pudo haber ocurrido el disparo sin mediar pelea”, sostuvo la jueza, quien desconfió de la versión de María Emilia, la primera persona en llegar al cuarto conyugal, cuando se oyó el disparo. De esta forma, García Balduini se acercó a la postura que tuvo durante los alegatos la fiscal Laura Pérez, quien sostuvo la misma calificación legal que su colega en la instrucción del caso, Miguel Fernández Jahde: “Homicidio calificado por el vínculo, agravado por la utilización de un arma de fuego”.

Pérez descartó la emoción violenta, al asegurar que “basta a los fines del derecho penal que se haya dado la voluntad en el momento mismo que jaló el gatillo y en el momento mismo que decidió atentar contra la vida de su esposo”. En este sentido, la fiscal remarcó que Freydoz conocía el arma, que utilizó ambas manos para disparar y lo hizo hacia un lugar “altamente vulnerable de la víctima” (la cara). García Balduini fue más allá, al insinuar que tal vez Soria dormía cuando recibió el disparo.

Por estos motivos, y también por entender que la relación del matrimonio era tensa desde hacía mucho tiempo, la fiscal había pedido la pena de prisión perpetua y rechazó cualquier posibilidad de accidente. Y citó al perito oficial Ricardo Risso para descartar la inimputabilidad, que más tarde solicitaría la defensa: “No verificó la existencia de fenómenos psíquicos o psiquiátricos indicativos de estados de inconciencia, insuficiencia mental ni de alteración morbosa que hayan suprimido en forma completa la comprensión o la capacidad de decisión de la imputada”.

Para el defensor Alberto Riccheri existió un “trastorno mental transitorio pleno”, debido al maltrato verbal y simbólico de Soria y a los celos delirantes de Freydoz. Anoche, este letrado planeaba presentar su apelación ante la Cámara de Casación, aunque su esperanza de que los jueces concedieran la emoción violenta a su clienta se deshizo.

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