Sáb 29.12.2012

SOCIEDAD  › FLORENCIA PEñA INICIó CAUSAS PENALES Y CIVILES CONTRA QUIENES DIVULGARON EL VIDEO

Acciones para reparar el daño

La actriz logró que los principales buscadores frenaran la circulación del video íntimo que se difundió por redes sociales. Pero el daño ya estaba ocasionado. Los responsables deberían afrontar los perjuicios con su patrimonio, dice un especialista.

A un día de que su video privado rotara sin cesar por sitios de Internet, la actriz Florencia Peña logró que los buscadores más importantes “frenaran” su circulación y difusión. Así lo informó su abogada, Magalí Gura, quien en diálogo con este diario explicó que, aunque “lo más inmediato, que era tratar de frenar el video, ya se cumplió”, las acciones legales seguirán adelante. Ayer, “algunos sitios” mantenían online el video y algunos diarios mostraban “fotos recortadas del video”, explicó Gura. Por eso, “el miércoles 3 de enero, el primer día hábil del año, vamos a pedir la habilitación de la feria, para poder seguir avanzando con la (medida) cautelar” ya iniciada y avanzar judicialmente.

La divulgación del video, que se hallaba en un dispositivo personal de Peña, motivó el pedido de una medida cautelar pero también, “en forma paralela, de una causa penal” por “develación de secreto” –estipulada en el artículo 153 del Código–, porque existió “intromisión en contenido privado de una persona y su posterior divulgación”.

Por su parte, consultado por este diario, Fernando Tomeo, abogado especializado en delito informático, evaluó que lo sucedido “es una clara violación a la intimidad”, que “está protegida por la Constitución Nacional, en el artículo 19, y por tratados internacionales con raigambre constitucional”. Porque la intimidad “es inviolable”, explicó el abogado Tomeo, aquel que “genera acciones de este tipo tiene que responder patrimonialmente, es decir, pagar por los daños y perjuicios causados”. En el caso concreto del video de Peña, agregó, “el daño se multiplica porque el video se viralizó y lo vieron millones de personas en segundos”.

La abogada de Peña, Gura, detalló a este diario cuál fue la estrategia seguida desde que el periodista Luis Ventura advirtió por televisión que circulaba un video privado de la actriz porque alguien pretendía venderlo a algún medio. “En primer lugar, enviamos cartas documento a Google y Yahoo. Advertíamos que, de subir en los buscadores ese contenido, serían considerados responsables solidarios” de la circulación de un material que había sido sustraído al ámbito privado. El periodista “Ventura había advertido en Intrusos que podía pasar, pero Florencia tampoco quería poner demasiado énfasis, porque no sabía si era real que alguien tenía” ese video.

El jueves, cuando finalmente trascendió porque la revista El Sensacional publicó en su sitio de Internet un link a otro sitio que lo alojaba, “en forma automática hicimos las denuncias a los sitios” que iban re-publicando el contenido. A la vez, “en paralelo hicimos un requerimiento con escribano público, que se presentó en las oficinas de Google, Yahoo, Facebook y Twitter” y “en cada sitio se notificó la imposibilidad de seguir exhibiendo cualquier información, contenido, foto o video relativos a la vida privada de Florencia”. La medida, explicó la abogada Gura, fue tomada “con la mayor celeridad”, por la inminencia de la feria judicial.

La “violación de secreto” de la que Peña acusa a quien robó y divulgó su video tendrá consecuencias legales en la Justicia Civil pero también en la Penal. En lo civil, la medida cautelar para impedir que prosiga la difusión. En lo penal, “investigar quién es el autor (de la violación de secreto), cómo llega el video a internet, a través de quién” y, en caso de dar con el responsable, “imputarle el delito de violación al secreto”. Es decir que la causa podría desdoblar sus acusaciones, una “contra el responsable directo de la obtención ilegal de material por un lado y la difusión contra otro u otros”, porque la acusación podría ir contra “todos los sitios que replicaron esta información”. Que no hayan sido los primeros en divulgar el video, argumentó Gura, “no aminora el delito, en todo caso aminora la novedad pero de ningún modo la responsabilidad”. De todos modos, Peña accionará por daños y perjuicios, para lograr “una acción ejemplificadora”.

Aunque aún no hay precisiones, la abogada Gura señaló que sí hay “muchas aproximaciones y pistas” sobre qué camino podría haber recorrido el material. “La mayor sospecha es hacia gente que reparó el teléfono celular de Florencia, donde podría haber quedado grabado el video.”

Consultado por este diario, el abogado especializado en delitos informáticos Fernando Tomeo recordó que “la violación de secreto e intimidad, del artículo 153 y el 153 bis del Código Penal, tienen una pena de seis meses de prisión”. Los artículos pertenecen a “la ley de delitos informáticos, de 2008, que modificó el Código Penal y que incluyó figuras de ciber crimen que no estaban, entre ellas el acceso indebido al soporte tecnológico”. La particularidad en el caso de Peña es que el video, al viralizarse por las reproducciones encadenadas, “viralizó el daño, y al multiplicarse el daño con efecto dominó, es muy difícil de reparar”. “Se podrá minimizar ese daño con la orden de bloqueo de acceso a ese contenido, pero la realidad es que si ya está replicado en algún servidor extranjero, no se puede evitar que siga. Como no hay legislación especial, sólo queda aplicar las viejas normas de responsabilidad civil”. Ese resarcimiento sólo es económico, añadió Tomeo. “El juez tendrá que determinar la reparación según la extensión y la gravedad del daño”.

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