Jue 10.01.2013

SOCIEDAD  › EL JUEZ DEL CASO PUSO EN LA MIRA AL PERSONAL DE UN DESTACAMENTO DE LA POLICíA BONAERENSE

Giro en el caso de la desaparición de Luciano

El juez Gustavo Banco aceptó el pedido de los abogados del CELS y APDH, hace 12 días. Ya no se investiga “averiguación de paradero” sino “desaparición forzada”. El expediente pasó a la Justicia Federal, que debe decidir si lo acepta.

› Por Horacio Cecchi

Cuatro años después de la desaparición de Luciano Arruga, la Justicia reconoció que debía abandonar la hipótesis de que el chico se fugó de su casa (carátula de averiguación de paradero) y que debía aplicarse a la investigación de la desaparición forzada vinculada con la actuación de policías bonaerenses. Una resolución del juez Gustavo Banco, juez de Garantías de la causa, aceptó el pedido de los familiares del joven –anunciado en conferencia de prensa el 27 de diciembre pasado– y resolvió cambiar la carátula y declinar su competencia a favor de un juez federal de Morón. La resolución fue informada un día después de la detención del oficial de la Bonaerense, Julio Diego Torales –acusado de torturar a Luciano Arruga meses antes de su desaparición–. El caso apareció a la luz pública por primera vez en marzo de 2009, publicado por Página/12.

La resolución del juez de Garantías 5 de Morón, Gustavo Banco, fue firmada el viernes 4 de enero, un día después de que él mismo concediera a los fiscales Cejas y Arribas la detención del oficial Torales. El trámite de Asuntos Internos, oficina encargada de la detención, dependiente del ministro Ricardo Casal, demoró mucho más que la inmediatez mediática con que se resuelve cualquier megaoperativo a una villa: Torales recién fue detenido el 7 por la noche en la propia Comisaría de Laferrere donde venía cumpliendo sus funciones de servidor público.

El escrito del juez inicia su resolución fundamentado en la declinatoria de competencia pedida por los abogados que representan a los familiares de Luciano Arruga luego de la conferencia de prensa realizada el 27 de diciembre pasado en la sede del CELS. El pedido se apoyó en un caso semejante, el de desaparición forzada de Iván Torres, a manos de la policía de Chubut, que también pasó a jurisdicción federal, liberando la investigación, de alguna manera, del lobby de las redes locales del poder policial.

Antes de resolver, el juez pasó el expediente a la fiscalía y ésta coincidió con el cambio a la Justicia Federal, como ya lo había aconsejado en 2010 la fiscal Cejas, claro que con diferencias de criterio con la familia en cómo valorar las pruebas.

De inmediato, el juez recuerda que “la investigación mencionada permitió conocer la existencia de episodios anteriores que tuvieron como protagonistas a Luciano Arruga y a personal policial del Destacamento de Lomas del Mirador, tales como la aprehensión anterior del mismo por un supuesto hecho delictivo, la presunta relación que habría mantenido con el policía de apellido Casas, la adulteración y falta de registro de novedades en el Libro de Guardia, hasta la presunta ‘contratación’ por policías o personas afines a ellos para la comisión de delitos por la zona”.

Casas es un uniformado ya mencionado en otra causa derivada de la causa principal y de la que se infiere, para los familiares, que bien podría haber sido la bisagra con el reclutamiento y las presiones sobre Luciano. “De esa causa surge que Luciano tenía una relación de hostigamiento con Casas”, dijo a este diario la abogada del CELS, Paula Litvachky.

Por otro lado, Banco recuerda que existen contradicciones en la causa, y menciona algunas: no está claro el recorrido de Luciano después de dejar a sus amigos, si es que pasa por la estación de servicio de Mosconi y Avellaneda (donde los bonaerenses tenían su parada y donde Luciano acudía a cambiarse muchas veces) o si es que se dirige a su casa antes de dirigirse a lo de Vanesa. Tampoco son claros los datos que mencionan a los patrulleros 12806 y 35725, que son los que se detienen durante dos horas en el monte Dorrego, fuera de su recorrido. Otras pruebas contradictorias o no aclaradas son el libro de guardia fraguado y el destacamento que fue puntillosamente lavado.

De todos modos, las declaraciones de los amigos de Luciano le permiten a Banco inferir “cierta habitualidad de los funcionarios policiales en practicar ‘demoras’ injustificadas u hostigamiento a Luciano” y lo llevan a juzgar “la adecuación legal de los hechos investigados bajo la figura de Desaparición Forzada de Personas”.

Banco sostiene que “transcurridos cuatro años de la desaparición de Luciano”, las hipótesis alternativas, que son las que sostenían la carátula de averiguación de paradero, no pudieron ser descartadas por falta de incorporación de pruebas. “Sólo queda desde la óptica del Estado la hipótesis de participación de funcionarios públicos, que califican bajo la figura de desaparición forzada de personas.”

El cambio de carátula llevó casi automáticamente a decidir el traslado a la jurisdicción federal. Para ello, Banco trajo el caso de Iván Torres en el que finalmente la Corte Suprema dispuso el traslado a la Justicia Federal luego de calificarlo como Desaparición Forzada de Persona. También recordó que ahora la desaparición forzada figura en el Código Penal (9 de mayo de 2011) y que los diputados se basaron en los casos de Iván Torres y Luciano Arruga para sancionarla. Y en diciembre de ese año, el delito se trasladó por ley a la Justicia Federal.

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