La Justicia condenó a los padres de dos adolescentes que jugaban en la vereda de sus respectivas casas arrojándose piedras, cuando uno de ellos perdió la visión en un ojo, y consideró que el hecho puso en evidencia “la falta de una vigilancia activa”. La sala G de la Cámara Civil dispuso un resarcimiento económico por 158.360 pesos y atribuyó la responsabilidad en un 70 por ciento a los padres del niño que arrojó la piedra y el 30 a los de la víctima. El fallo sostuvo que “así como el desgraciado acontecimiento, obviamente, no habría tenido lugar sin el actuar (del agresor), tampoco se habría concretado si (la víctima) no hubiera tomado parte en el peligroso entretenimiento de tirar piedras”.
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