SOCIEDAD › EN SEIS MESES SE INICIARON 428 CAUSAS POR DELITOS VINCULADOS CON LA PORNOGRAFíA INFANTIL
La Brigada Niñ@s, del programa Las Víctimas contra las Violencias, recibe cada vez más denuncias y consultas de padres por casos de ciberacoso o grooming. El agresor tiene fácil acceso a las víctimas, pero también es fácilmente ubicable.
› Por Mariana Carbajal
En la Brigada Niñ@s contra la Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes reciben cada vez más consultas de padres y madres desesperados porque sus hijos o hijas fueron contactados o se involucraron con un pedófilo a través de redes sociales y ahora están aterrados, reveló a Página/12 Eva Giberti, coordinadora del Programa Las Víctimas contra las Violencias, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. De esa cartera depende la Brigada Niñ@s, un espacio donde las familias pueden consultar frente a este tipo de situaciones y recibir asesoramiento y acompañamiento para denunciar el delito de grooming o ciberacoso, una figura que fue incorporada al Código Penal a fines del año pasado. En general, las víctimas tienen entre 8 y 13 años, destacó a este diario Jessica Rodríguez, psicóloga de la brigada. En la fiscalía porteña especializada en Delitos Informáticos –la primera con esa característica en el país– iniciaron 428 causas en el primer semestre de este año por delitos vinculados con la pornografía infantil en Internet, en el marco de las cuales se detectó “un porcentaje significativo” de casos de grooming, según informó a este diario su titular, Daniela Dupuy (ver aparte).
Desde la Brigada Niñ@s hicieron un convenio con el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires y están trabajando articuladamente para judicializar los casos de grooming. “Se piensa que el agresor tiene acceso fácil a víctimas. Es cierto. Pero también el agresor es fácilmente ubicable”, destacó en diálogo con Página/12 Carola Saricas, coordinadora de la brigada. Para eso es fundamental resguardar la evidencia digital, señaló la fiscal Dupuy. En caso de tomar conocimiento de alguna situación, se aconseja anotar todos los datos de interés: nombre del perfil de Facebook del acosador cibernético, sitio de chat donde se dio la comunicación, algún teléfono o dirección que se mencione en la conversación. De ser posible se recomienda copiar links, hacer capturas de pantalla con las fotos y los fragmentos de conversación y/o comentarios. “Si no sabe cómo hacerlo, no tienen que borrar nada, simplemente llamarnos”, aclaró Saricas.
Si el acoso ocurrió a través del celular, se puede llevar el dispositivo a la fiscalía para ser periciado, detectar la dirección de IP y facilitar así la ubicación del acosador.
¿Cómo actúan los ciberacosadores? Se suelen aprovechar, por ejemplo, de situaciones en las que los niños, niñas y adolescentes se conectan con alguien sin estar seguros de su identidad. “Generalmente esa persona dice tener su edad o conocerlos/as y les insinúan situaciones o imágenes de carácter erótico o sexual; algunas veces les piden datos personales o concertar un encuentro; les ofrecen engañosamente algún trabajo, generalmente vinculado con el modelaje y la actuación; o alguien que ya tiene fotos privadas de los niños, niñas y adolescentes amenaza con publicarlas en Internet a cambio de un encuentro para tener sexo o del envío de más fotos y/o videos eróticos”, describió Giberti.
“El grooming le puede pasar a cualquier chico que tiene acceso a Internet, a diferencia del delito de explotación sexual de menores, que apunta a chicos y chicas en situación de vulnerabilidad social y económica. Actualmente, a través del ciberacoso, el adulto ya no busca el encuentro sexual real”, apuntó Saricas. Jessica Rodríguez, psicóloga de la Brigada Niñ@s, destacó que en un curso sobre el tema que realizaron en Interpol “vimos que se repite el mecanismo en todo el mundo: el adulto seduce para conseguir fotos o ver los genitales a través de cámaras web”. Otro perfil es el que actúa de forma más intimidante, amenazante, diciendo por ejemplo: “Si no me mostrás la panza, le cuento a tu mamá o a tus contactos”. En general, las víctimas tienen entre 8 y 13 años.
El Congreso de la Nación incorporó a fines de 2013 el siguiente texto como artículo 131 del Código Penal: “Condenando con prisión de 6 meses a 4 años al que por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”.
Frente a este tipo de riesgos, Giberti recomendó a los padres y madres acompañar a los niños, niñas y adolescentes en el uso de Internet y brindarles información acerca de los peligros que pueden estar ocultos. “Generar un clima de confianza facilitará que ellos cuenten con los adultos en lugar de ocultarles hechos de este tipo”, indicó. Al mismo tiempo señaló que no hay que culpabilizar a los niños, niñas y adolescentes por estas situaciones. “Ellos y ellas fueron víctimas de engaños y/o amenazas, y es preciso contenerlos”, agregó.
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