SOCIEDAD › LA CAMARA FEDERAL BAHIENSE MULTO A UN PRESO POR ABUSAR DEL HABEAS CORPUS
La Cámara aplicó una multa a un preso que había presentado siete hábeas corpus por derechos, como solicitar un médico o saber sobre su causa, que no le era informada. Sostuvieron que hizo un uso ad nauseam. La Sala 4 de Casación Federal anuló la multa.
› Por Horacio Cecchi
Un preso alojado en la cárcel de Villa Floresta, próxima a Bahía Blanca, detenido por estafa, reclamó mediante siete hábeas corpus diferentes medidas que el Estado (léase Servicio Penitenciario Bonaerense y Justicia bonaerense) no cumplía: no le informaba sobre su causa radicada en el Juzgado Correccional Nº 1 de Trenque Lauquen; carecía de defensor oficial o lo desconocía; lo fueron paseando por diferentes unidades carcelarias sin informar al juez; no le liquidaron los salarios obtenidos por su trabajo desde octubre de 2013; y no le proveyeron atención médica ni una tomografía abdominal para determinar la causa de las frecuentes infecciones renales que sufría. Los sucesivos hábeas corpus fueron presentados ante la Justicia Federal, que los fue rechazando por incompetencia. El último, presentado ante el Juzgado Federal Nº 1 de Bahía Blanca, fue rechazado, pero el juez reconoció una “seria irregularidad en el proceder” de la dirección de la U4 y lo elevó a la Cámara Federal de Apelaciones bahiense por instrucciones. La Cámara, compuesta por el polémico Néstor Montezanti, Pablo Candisano Mera y Ricardo Planes, confirmó el rechazo y multó con 500 pesos al detenido por el uso abusivo del hábeas corpus (ad nauseam, dijo la exquisita Cámara). Apelado el fallo, la Sala 4 de Casación Penal rechazó la aplicación de la multa. Por conteo, el detenido ya quedó libre. En caso contrario, habría sido apaleado ad nauseam repraesaliae.
DZ había sido detenido inicialmente por estafa bajo jurisdicción del Juzgado Correccional Nº 1 de Trenque Lauquen, a cargo de María Lopardo. El preso, un insistente reclamante por derechos básicos, fue tomado de punto por el SPB y la Justicia: paseado por todos los penales bonaerenses, sin que se informara a la jueza. De sus derechos básicos, DZ reclamó mediante hábeas corpus:
1) que la jueza Lopardo no le informaba si la sentencia estaba firme o apelada ante algún tribunal; 2) no sabía qué defensoría oficial estaba a cargo de su caso. Esto obligó a DZ a llamar a todas las defensorías de Trenque Lauquen sin cobro revertido; 3) no le liberaron el fondo de reserva de dinero por los trabajos que realizó desde octubre de 2013; 4) desde el 27 de diciembre pidió ser atendido por un urólogo y la realización de una tomografía abdominal para controlarle las frecuentes infecciones renales que padecía, sin obtener jamás respuesta; 5) fue vareado por cantidad de penales sin informar a las autoridades judiciales (in)competentes.
Siete hábeas corpus en total. El último, interpuesto ante el propio SPB de la U4, que remitió vía fax al juez federal bahiense Santiago Martínez. Está claro que el fax fue leído por la autoridad denunciada. Martínez requirió que lo enviara como correspondía, en sobre cerrado. DZ no hizo a tiempo para escribirlo (obviamente, quien debía informar a tiempo es el propio SPB denunciado), por lo que el mismo Servicio Penitenciario volvió a enviar el primer escrito y nuevamente vía fax.
Finalmente, Martínez recibió a DZ, quien detalló los puntos de reclamo. El juez federal se declaró incompetente, giró el caso para que decidiera el juez de Garantías de turno en Bahía Blanca y elevó el expediente en consulta a la Cámara Federal local. Martínez aclaró en su fallo “la detección de una seria irregularidad en el proceder de las autoridades del Servicio Penitenciario a cargo de la Unidad Penal 4 de Villa Floresta”. Se refería al pedido que realizara a DZ de enviar su escrito por sobre cerrado, sobre que jamás llegó a manos del juez.
El 29 de marzo pasado, la Cámara Federal bahiense confirmó la incompetencia federal y agregó una decisión de propio cuño. “El tribunal –sostuvieron en su fallo– señala con preocupación el franco abuso que hace el denunciante de un venerable instituto como es el del hábeas corpus, reiterando ad nauseam planteos y peticiones ya efectuados y resueltos, con el consiguiente dispendio jurisdiccional y perjuicio al recto desempeño del servicio penitenciario, lo que redunda indirectamente incluso en el trato que pudieran merecer otros internos de éste.” Y señalan que la repetición “configura la figura (sic) de la malicia en la interposición de esta calificada acción, ocultando la circunstancia repetitiva ya señalada, con los deletéreos dichos...”. Y multó a DZ con 500 pesos.
Apelada la multa ante Casación Federal por el defensor oficial federal Gabriel Jarque, el caso recayó en la Sala 4, con Gustavo Hornos como presidente y los vocales Juan Gemignani y Alejandro Slokar. Gemignani, votante en primer lugar, sostuvo que “lejos están de ser mendaces las denuncias efectuadas por el interno, las que, incluso, siquiera merecieron por el tribunal consideración alguna”. Y agregó que multar por el uso reiterado de hábeas corpus “desvirtúa el fundamento de la acción constitucional en cuestión, máxime cuando sus reclamos, a la fecha, no se han satisfecho”. O sea, mendacidad de la Cámara bahiense.
Finalmente, por unanimidad, la Sala 4 de Casación revocó la aplicación de la multa.
[email protected](Versión para móviles / versión de escritorio)
© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux