Lun 10.11.2014

SOCIEDAD  › EL PRIMER CASO CALIFICADO COMO FEMICIDIO POR LA JUSTICIA PORTEñA

A la espera de los alegatos

La muerte a puñaladas de Andrea Soledad Melo, el 9 de febrero de 2013, fue el primer caso calificado como femicidio en la Ciudad desde que se sancionó la ley. Hoy tendrán lugar los alegatos. La acusación pedirá perpetua. Página/12 habló con la madre de la víctima.

› Por Mariana Carbajal

Andrea Soledad Melo tenía 26 años y hacía seis que convivía con Maximiliano Giujusa, el padre de sus dos hijos. El 9 de febrero de 2013, el hombre le pidió a su suegra que pasara a buscar a los dos chicos, entonces de 6 y 2 años, porque tenía “una sorpresita para Sole”. Tapió la puerta de la casa que compartían en el barrio de Villa Luro y encerró a su esposa. Andrea Soledad pidió ayuda a gritos, pero su familia no pudo ingresar a la vivienda. Cuando la policía finalmente consiguió entrar, ya era tarde: la mujer había sido asesinada de 43 puñaladas. Giujusa fue detenido e imputado por el crimen. El juicio en su contra comenzó tres semanas atrás. Se trata del primer caso por femicidio en la ciudad de Buenos Aires, desde que se sancionó la ley. Hoy tendrán lugar los alegatos. La fiscalía y la querella pedirán la pena máxima de prisión perpetua. “Estoy esperando que se dicte sentencia, que haya justicia y que no salga nunca más de la cárcel. Yo sé que a mi hija no la voy a recuperar más. Pero tengo que vivir por mis hijos y mis nietos”, dijo a Página/12, la madre de la víctima, Rossana Caamaño, quien tiene la guarda de los dos niños.

“Me taladra la cabeza esa frase que me dijo ese día: que tenía una sorpresa para Sole”, dice Rossana. Está con tratamiento psicológico y psiquiátrico para poder sobrellevar tanto dolor por la muerte de su hija. Tiene 47 años y vive en Parque Avellaneda con su esposo Jorge Melo, sus hijos y sus nietos. “La lastimó toda con el cuchillo. El perito forense en el juicio contó que sus pechos no existían de cómo la lastimó”, agregó la mujer. Durante el debate oral y público, que lleva adelante el Tribunal Oral Criminal 26 se enteró de boca del fiscal Guillermo Pérez de la Fuente que Giujusa ya había sido denunciado ante la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema por su propia madre en 2012. “Si hubiera sabido me la llevaba a vivir conmigo a mi hija”, se lamenta Rossana. Su hija nunca le contó que con ella era agresivo y violento, pero el hijo mayor del matrimonio, que ahora tiene 6 años, unos meses después del femicidio le dijo a su abuela: “Mi papá conmigo era bueno, pero con mi mamá era malo”. La familia sí sabía que Giujusa tenía ataques de ira y que rompía objetos en su casa cuando se enojaba.

El Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico de la Defensoría General de la Nación representa a los padres de Andrea Soledad como querellante.

Luego de apuñalar a su pareja, Giujusa huyó por la terraza y saltó al vacío, gritando que se arrepentía de lo que había hecho. Sufrió fractura de una pierna y quedó detenido. Se llevaba un cuchillo enorme, cuando lo apresó la policía. Llegó preso al juicio, que comenzó el 14 de octubre, y está a cargo de los jueces del TOC 26 Patricia Llerena, Marta Yungano y Manuel García Reynoso. Luego de la primera audiencia, quedó en evidencia que ella lo quería dejar debido a los maltratos; según testigos, Giujusa le decía a Andrea “gorda vaca”, la llamaba a su lugar de trabajo y le recriminaba por qué no había comprado la comida, entre otras cuestiones. Andrea Soledad trabajaba todo el día cuidando unos chicos en una casa y haciendo tareas de limpieza, y el imputado tenía empleo ocasionalmente, como chofer de la línea 102 de colectivos. También la controlaba. La madrina de uno de los hijos de la joven dijo que era su “confesora” y que la joven le había dicho que Giujusa la maltrataba. De los chats de Facebook de la muchacha surgió cómo ella le confió a un amigo que estaba cansada, qué Giujusa la amenazaba, que rompía todo y que ella después tenía que limpiar esos desastres.

En su declaración, Giujusa, como suelen decir otros femicidas, alegó que en realidad él era maltratado por su pareja. Surge de la autopsia, y del requerimiento de elevación a juicio de la fiscalía y de la querella que el imputado le clavó 43 veces el cuchillo con el que la mató. Pero el acusado en su descargo dijo que Andrea Soledad lo atacó y él se defendió, y que cuando ella se cayó de la cama se clavó sola el cuchillo. Cuando en el debate se le preguntó cómo se había hecho los demás cortes, él no supo responder.

El caso fue el primero en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires en el que se aplicó la figura de violencia de género como agravante de un homicidio, cuando se procesó al imputado por femicidio, agravado por la relación de pareja entre el acusado y la víctima. Al fundar el procesamiento, el juez de Instrucción Javier Ríos consideró que se dieron las circunstancias que indican que el homicidio ocurrió en el contexto de violencia de género, por las amenazas, por el pedido de auxilio de la mujer, las múltiples lesiones y por el abuso de la situación de vulnerabilidad de la víctima.

–¿Qué le diría a otras jóvenes que sufren violencia de género en su pareja? –le preguntó este diario a Rossana Caamaño.

–Que estén atentas, que no se queden atrás, que vayan a una fiscalía o a la Oficina de Violencia Doméstica y denuncien. Que no se queden calladas.

En el caso participa activamente el Programa de Género del Ministerio Público Fiscal, que también acompaña a los padres de la víctima. La Ley 26.791 que incluyó la figura del femicidio entró en vigor el 14 de diciembre de 2012, e incorporó el inciso 11 al artículo 80, que castiga con la pena de prisión o reclusión perpetua en los casos en que las mujeres son víctimas de homicidio y el asesinato fue cometido por un hombre en el contexto de violencia de género.

El Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico, que representa a la familia de la víctima como querellante, fue creado por la defensora General de la Nación, Stella Maris Martínez, con el objetivo de garantizar un acceso igualitario y efectivo a la Justicia de los sectores más vulnerables y, en particular, la representación letrada de víctimas en causas penales donde se investigue la comisión de delitos de acción pública.

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