Jue 20.11.2014

SOCIEDAD  › AVANZA EN EL SENADO EL PROYECTO PARA INSTAURAR EL “ALCOHOL CERO” EN LAS RUTAS NACIONALES

Antes de salir a manejar, ni una gota

La iniciativa, que obtuvo dictamen en un plenario de comisiones, prevé la tolerancia cero para el alcohol a los automovilistas particulares. También aumenta el control de excesos de velocidad. Y establece el registro para manejar cuatriciclos, sólo para mayores de 16.

Un plenario de comisiones del Senado dio ayer dictamen favorable al proyecto de reforma de la Ley de Tránsito, que propicia cambios sustanciales en la normativa vigente, entre ellos la “tolerancia cero de alcohol” no sólo para los choferes profesionales (transporte de carga y de pasajeros) sino también para los conductores particulares de automóviles, motos y ciclomotores. “El objetivo es salvar vidas”, recalcó el ministro del Interior y Transporte, Florencio Randazzo, al defender el proyecto del Poder Ejecutivo ante los legisladores de la Cámara alta (ver aparte). También se modificarán las formas de control del exceso de velocidad en las rutas para evitar que los conductores puedan burlarlas y se dará poder de policía a la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV). Las medidas se aplicarán, una vez aprobada la ley en el Congreso, en todas las rutas y autopistas nacionales del país; se invitará luego a los gobiernos provinciales a que se sumen a la normativa.

La “tolerancia cero de alcohol” para todos los que conduzcan camiones, micros, autos particulares, motos y ciclomotores, significa que ya no se eximirá de sanciones a los que, en los controles de alcoholemia, registren 0,5 gramo de alcohol en sangre; el registro debe ser 0,0. “Está comprobado que la mínima ingesta de alcohol triplica el riesgo de sufrir un siniestro vial”, aseguró Randazzo al exponer las razones sobre la propuesta de sancionar al que conduzca luego de haber tomado, aunque más no sea, una gota de alcohol. En la reunión con legisladores, el ministro estuvo acompañado por familiares de víctimas de accidentes de tránsito.

La exposición se hizo ayer ante el plenario de las comisiones de Infraestructura; Vivienda y Transporte; Justicia y Asuntos Penales, y de Presupuesto y Hacienda de la Cámara alta, que dieron dictamen favorable a las reformas. El proyecto remitido por el Poder Ejecutivo será tratado en el recinto en las próximas sesiones parlamentarias.

En los fundamentos de la iniciativa se recordó que los accidentes de tránsito ocupan “el tercer lugar entre los motivos de ingreso por guardia en hospitales, y el 23 por ciento de los pacientes ingresados por ese motivo se vinculan directamente con el consumo de alcohol” mientras están al volante. En los casos de alcoholemia positiva detectados en 2013, el 80 por ciento de los infractores tenía entre 18 y 44 años, mientras que el 20 por ciento eran personas mayores de 45 años.

Estas son otras de las principales modificaciones que están señaladas en el proyecto de reforma de la Ley de Tránsito.

- El nuevo sistema de control de velocidad propone que se hagan las verificaciones sobre tramos de las rutas, sacando los promedios, con el objetivo de que los conductores no puedan recurrir a la estrategia de reducir la velocidad sólo cuando saben que están pasando por puestos de control o frente a radares.

- La reforma apunta a ponerles fin a las “picadas”, que se han convertido en uno de los factores de riesgo frecuentes en materia de accidentes viales. Para los que las realicen se fijan penas de arresto, cuando se trate de competencias irregulares protagonizadas por conductores de autos, ciclomotores, motocicletas o cuatriciclos.

- Se impulsa la regulación del manejo de cuatriciclos. Esto significa regularlos como categoría de vehículo automotor a los triciclos y cuatriciclos motorizados. La modificación significa, en lo práctico, que los conductores tendrán que tener registro habilitante, como el que está al volante de un automóvil. También deberán contar con seguro obligatorio, patentamiento, etcétera.

- Habrá edades mínimas para otorgar las licencias de conducir. La edad fijada en este caso será los 21 años, para las clases de licencias tipo C, D y E (profesionales de carga o transporte de pasajeros), 17 años para los que se conoce como particular para el manejo de automóviles, y 16 años para el caso de los que estén al volante de ciclomotores sin pasajeros.

- En los pasos a nivel, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), en cumplimiento de su rol de policía, podrá instalar en los cruces ferroviarios de jurisdicción federal sistemas tecnológicos con el fin de garantizar un seguro control de esos pasos. En ese sentido, se tipificará como “falta grave” no respetar las previsiones de seguridad para cruzar las vías y, en este caso, de existir una falta, también podrá ser sancionada con penas de arresto.

- También se proponen medidas tendientes a controlar los accesorios de fábrica con los que deben contar las motos y cuatriciclos. Las motos deberán estar equipadas con casco en el mismo momento de ser vendidas al usuario. También se incluyen requisitos ineludibles para cuatriciclos, como luces, espejos retrovisores, luces de giro, etcétera.

Una vez aprobada, luego de la reglamentación que incluirá el monto de las sanciones que se aplicarán a los infractores, la ley entrará en vigencia en rutas y autopistas nacionales. Con posterioridad la norma será remitida a municipios y provincias que adhieran en sus jurisdicciones.

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