SOCIEDAD › MARIELA LABOZZETTA, TITULAR DE UFEM
› Por Soledad Vallejos
Las condenas solas no alcanzan. “En casos de violencia de género, hay quienes dicen que no hay impunidad porque se condena a personas, pero si los casos no son procesados como femicidios y no se los visibiliza como elementos de un fenómeno estructural, si a cada caso se lo atomiza y aísla, entonces no se está dando cuenta del fenómeno y la gravedad”, señaló la fiscal Mariela Labozzetta, titular de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM). Volver evidente la singularidad de la violencia machista como fenómeno estructural (y no como casos sueltos, atribuibles a cuestiones privadas, pasajeras, excepcionales) es uno de los pendientes de la Justicia, cuando de generar recursos simbólicos –y no tanto– para combatirla se trata.
“A diferencia de la narcocriminalidad o la criminalidad económica, el lavado o la trata, detrás de los cuales hay crimen organizado, la violencia contra las mujeres es un fenómeno estructural en el cual la estructura fiscal especializada no puede hacer entrecruzamiento de datos o seguir redes, por ejemplo, porque no existen redes de femicidas. Antes, el tema de la violencia de género no estaba centralizado en un organismo que diseñara una política criminal, no había un área del Estado que procurara fijar pautas de instrucción generales. Y cuando pasa eso, cada fiscal actúa con su propio criterio”, detalló Labozzetta.
Sin embargo, la creación de fiscalías especializadas en las provincias generó otra dinámica, señaló: “Los fiscales de toda la provincia mandan los casos a esa fiscalía y la fiscalía colapsa. La queja era unánime en los foros provinciales de fiscales de provincias, la estructura no da abasto”.
–¿Por qué todavía es difícil que los jueces apliquen el agravante por femicidio y, en cambio, consideren que alcanza con dar cuenta de “homicidio agravado por el vínculo”?
–Sucede que el agravante, para aplicarlo, hay que probarlo. En general se aplica por el vínculo porque es más fácil de probar y además no cambia la condena que corresponde, que es perpetua. Pero probar el contexto de violencia y dar cuenta de que se trata de un fenómeno estructural es importante en la causa misma, en el expediente.
–¿Por qué?
–Porque da elementos para decir que hubo odio de género. ¿Por qué sabemos que hubo? Porque hay elementos materiales que vuelven evidente la diferencia.
–¿Qué elementos?
–Un protocolo de ONU establece las características típicas del femicidio, el tipo de rastros que hay que buscar. Por ejemplo: no es lo mismo una mujer muerta de un tiro que con cien puñaladas. Los signos de violencia extrema dicen mucho. También el contexto de violencia previa, las denuncias previas que haya podido hacer la víctima, los dichos de vecinos sobre la relación violenta entre víctima y victimario, las cosas escritas que den cuenta de eso, lo que permita acreditar una escalada de violencia. Esas cosas dan cuenta del odio.
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