Lun 07.03.2016

SOCIEDAD  › TEMEN QUE LA CORTE CAJONEE EL CASO DE PEDOFILIA DEL CURA ILARRAZ

Para que el Supremo no suprima

La Corte Suprema pidió el expediente completo del procesamiento del cura Justo Ilarraz, procesado por pedofilia mientras estaba a cargo del Seminario de Paraná. Los querellantes temen que la Corte congele el caso. La Corte provincial lo había declarado imprescriptible.

› Por Mariana Carbajal

La Corte Suprema de Justicia pidió el expediente completo de la causa en la que está procesado por pedofilia el cura Justo José Ilarraz, por hechos que ocurrieron cuando fue prefecto de disciplina en el Seminario Menor de Paraná. El máximo tribunal debe resolver si los delitos que se le imputan, ocurridos entre 1992 y 1995, están prescriptos. Pero la querella, que representa a las siete víctimas que se animaron a denunciar al sacerdote, teme que la causa se frene en esta instancia y quede freezada, dado que la Corte no tiene plazo para pronunciarse. Por esa razón, presentaron esta semana un escrito donde solicitan que se fotocopie el expediente y se lo envíe de vuelta a la justicia en Paraná, sin ser retenido –como suele suceder hasta que se expide–, para que el caso –mencionado en la consagrada película Spotlight, flamante ganadora del Oscar– siga avanzando y no quede impune: para el 22 de marzo había una audiencia convocada en la justicia provincial, pero frente al pedido de la totalidad del expediente por parte del máximo tribunal, quedó suspendida.

La estrategia de la defensa de Ilarraz apunta a silenciar el caso con la prescripción de la causa. Pero ya hubo cuatro pronunciamientos judiciales –un juez de instrucción, la Cámara del Crimen, Casación y el Superior Tribunal de Justicia de la provincia–, que avalaron la continuidad de la investigación, con el fundamento de que se trata de delitos que implican una grave violación de los derechos humanos, aunque no sean de lesa humanidad. Ese es el planteo de los querellantes y la fiscalía, encabezada por el Procurador general, Jorge Amílcar García.

El caso involucra a las más altas autoridades de la curia de Entre Ríos. Como muestra el film Spotlight, que cuenta la notable investigación periodística llevada adelante por el Boston Globe, que reveló la trama de encubrimiento eclesial y judicial del accionar delictivo de cientos de curas pedófilos en esa ciudad de EE.UU, en este caso también la jerarquía católica estuvo al tanto y protegió al religioso. “A mediados de los 90 dos de las víctimas le contaron lo que les hacía Ilarraz a quien era en aquel momento director del seminario, Juan Alberto Puiggari, hoy arzobispo de Paraná. Se hizo un juicio diocesano en 1995. A las víctimas les impusieron el secreto bajo juramento. Y a Ilarraz como toda sanción lo sacaron del Seminario Menor y lo enviaron a Roma a estudiar. Más que sanción pareció un premio. Pero nunca le quitaron su condición de sacerdote”, contó a Página/12 la abogada de la querella, Rosario Romero. “En época de los abusos sexuales, los niños que ingresaban al secundario, eran provenientes de pequeñas localidades cercanas a la capital provincial, hijos de familias católicas, quienes eran confiados a la educación religiosa, algunos con vocación sacerdotal. Ilarraz hacía la función de guía espiritual, educador, administrador de fondos del Seminario, y seducía a los jóvenes brindándoles ciertos obsequios, viajes y bienes a los que no podían acceder”, recordó Romero.

La historia salió a la luz en 2012 a partir de una investigación del semanario Análisis Digital, de Paraná, que dirige el periodista Daniel Enz. Recién en ese momento las denuncias llegaron a la Justicia. La Iglesia Católica no promovió ese camino, un patrón sistemático orquestado históricamente desde el Vaticano para proteger a los curas pedófilos en todo el mundo. Ilarraz fue encontrado en Tucumán, donde estaba radicado como sacerdote desde 1997, y residía en la ciudad de Monteros, dependiendo del obispado de Concepción. Al parecer, el cura seguiría viviendo en Tucumán.

La causa incorporó un testimonio clave, la del actual cardenal Estanislao Karlic, que fue quien en 1995 investigó a Ilarraz y concluyó al año siguiente, con su traslado a Roma. Karlic era entonces arzobispo de Paraná. Luego fue presidente de la Conferencia Episcopal Argentina entre 1996 y 2002. En la Justicia, declaró por escrito y sostuvo que en un encuentro que mantuvo en Roma con Ilarraz, éste aceptó haber cometido los abusos, y le pidió perdón. En junio último, cuando estuvo frente a la jueza Susana María Paola Firpo, titular del Juzgado de Transición Nº 2, Ilarraz lo desmintió. Por eso la magistrada no tuvo en cuenta el testimonio del cardenal para procesarlo.

Firpo dictó el procesamiento en julio de 2015, por el delito de corrupción de menores agravada. La defensa, a cargo del abogado Juan Angel Fornerón, apeló. La causa estuvo cinco meses parada por falta de un tribunal que resuelva la apelación, hasta que finalmente, el 16 de diciembre quedó conformado por los jueces Pablo Vírgala, Daniel Malatesta y Gustavo Maldonado. Tras el receso por la feria, el tribunal fijó una audiencia para el 22 de marzo, donde se trataría la apelación. Pero con la intervención del máximo tribunal, quedó suspendida. El juez Pablo Vírgala explicó que “no tiene sentido seguir con la causa si no sabemos cuál va a ser la resolución de la Corte, que trata el planteo de prescripción. Hay que tener en cuenta que hay que respetar los derechos de los denunciantes, pero también del denunciado”.

Ilarraz fue denunciado por siete víctimas, que lo acusaron en la Justicia de graves violaciones ocurridas en el Seminario, cuando eran adolescentes y permanecían como pupilos cursando la escuela secundaria. Las víctimas en realidad serían muchas más, no menos de quince, señaló la abogada de la querella, pero el resto no está dispuesto a atravesar el laberinto judicial y a remover aquellos hechos dolorosos guardados en su memoria.

Al avalar la no prescriptibilidad de los delitos contra Ilarraz, el Superior Tribunal de Paraná sostuvo que ...”este caso presenta aristas singulares que si bien no lo incluyen en el listado de delitos de lesa humanidad –descriptos en el artículo 7 del Estatuto de Roma– lo convierten al estar integrados por un contexto de hechos de inusitada gravedad atribuidos a altas jerarquías del Seminario Arquidiocesano de la Iglesia Católica y que afectaron y aún afectan a familias que por su fe y convicciones entregaron a sus niños para el aprendizaje sin sospechar que ellos serían víctimas de actos horrendos de abuso, que exceden los límites de los ilícitos comunes, dejándoles secuelas psíquicas y de frustración indelebles, merecedoras de reproche severo...”

En el fallo del Superior Tribunal fue citado el caso “Barrios Altos vs. Perú” en el que la Corte Interamericana de Derechos Humanos reconoce que toda persona que ha sufrido una violación a sus derechos humanos tiene derecho a obtener de los órganos competentes del Estado el esclarecimiento de los hechos.

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