Vie 29.04.2016

SOCIEDAD  › LA JUSTICIA ORDENO A LAS TARJETAS DE CREDITO QUE NO OPEREN CON UBER EN BUENOS AIRES

Un corte al camino del dinero (virtual)

Por pedido de los fiscales, la jueza Claudia Alvaro ordenó a las empresas prestadoras de los plásticos que se abstengan de “realizar cualquier actividad” que facilite las transacciones de Uber. La aplicación desconoce la jurisdicción de la magistrada.

La Justicia porteña ordenó a las prestadoras del servicio de tarjetas de crédito que no operen con la firma Uber, y se abstengan de “percibir el cobro de los viajes” a nombre de esa empresa y de “realizar cualquier actividad que le permita y/o facilite (...) llevar a cabo sus transacciones”. La medida fue decidida por la jueza Claudia Alvaro, como respuesta al pedido de los fiscales que entendieron que el bloqueo de la aplicación y la clausura de su página –ordenada la semana pasada por la misma magistrada– no alcanzó a detener “la actividad lucrativa en el espacio público sin autorización y en contravención”, porque ello “continúa cometiéndose por parte de la empresa Uber”. Para la firma, sin embargo, la cautelar dictada por la jueza “excede su jurisdicción”, señaló a este diario la gerente de Comunicaciones de Uber Cono Sur, Soledad Lago Rodríguez. La medida “no podría implementarse sin bloquear las transacciones de cualquier usuario de Uber que utilice su tarjeta de crédito argentina en cualquier otra ciudad del resto del mundo”, detalló la vocera, quien aseguró que “Uber sigue funcionando en Buenos Aires”.

El impedimento de cobro con tarjeta de crédito, señaló en su resolución la magistrada, titular del juzgado Nº 16 en lo Penal, Contravencional y de Faltas porteño, es “la única manera de impedir que se perfeccione” el funcionamiento del servicio, que opera a partir de “dos grandes circuitos comerciales”: el cobro remoto y las telecomunicaciones, “ya que opera mediante una ‘app’ que tiene conexión a Internet”.

En su resolución, que complementa la emitida la semana pasada para ordenar el bloqueo o la clausura de la aplicación y su sitio web, la magistrada consideró los aportes brindados por Mariano Manfredi, jefe de la Unidad de Análisis Tecnológica del Cuerpo de Investigaciones Judiciales, del Ministerio Público Fiscal. En su declaración testimonial ante los fiscales, Manfredi detalló la “operatoria comercial” de Uber, que implica firmas con distintos nombres en su dinámica. Los pagos de los usuarios son percibidos por Uber BV, que “tiene asiento en Holanda, (y) a través de Raicer Operations BV, también en Holanda se procesa el pago al chofer, que según trascendidos periodísticos se realiza a través de una caja de ahorro en pesos que éste tiene que abrir en su respectivo país de origen”, explicó el fiscal. De esos pagos, añadió, Raicer “transfiere el 80 por ciento y retiene el 20 por ciento restante”. En el caso argentino, “el circuito se da de la misma forma y se perfecciona con el pago a los choferes en las propias cuentas que deben abrir en el país”.

La jueza Alvaro señaló que el especialista Manfredi también detalló a los fiscales que “la medida de bloqueo dispuesta (N. de R.: sobre la aplicación y la página web) no inhabilita a las personas que ya se bajaron la aplicación para utilizarla en la ciudad de Buenos Aires, así como tampoco inhabilita a quienes quieran bajar la aplicación en alguna provincia argentina u otro país” para luego utilizarla en territorio porteño. Por ello, señalaron los fiscales a la jueza, “la única manera de impedir que se perfeccione el servicio podría ser a través del pago de los choferes que Uber ya cuenta en su planta”, por lo que para impedir que continíen las operaciones “se debería realizar una acción accesoria del bloqueo de la App (...), no permitir que se perfeccione la operatoria comercial”.

Por ello, los fiscales sostuvieron que para que se cumpla la resolución judicial del 22 de abril resulta “indispensable” que la jueza ordene “a las empresas prestadoras del servicio de tarjeta de crédito que se abstengan de operar comercialmente con Uber” en la ciudad de Buenos Aires. Los funcionarios judiciales recordaron que ya la Directora General de Defensa y Protección al Consumidor porteña “informó a estas empresas de tarjeta de crédito que deberían abstenerse de percibir el cobro de viajes de Uber”.

De no complementar el “bloqueo/clausura” de la web y la aplicación con el impedimento de efectivizar monetariamente la transacción comercial, señaló la jueza, se tornaría “ilusoria su efectiva materialización”. Fue por eso que Alvaro indicó que “corresponde ordenar a las empresas prestadoras del servicio de tarjeta de crédito que se abstengan de operar comercialmente con Uber” en suelo porteño y, a la vez, renovó el pedido de bloqueo de la aplicación.

La “clausura/bloqueo preventivo” ordena que “Prisma Medio Pago S.A., American Express Argentina S.A., First Data Cono Sur SRL, Banco Comafi (Diners), Mastercard Cono Sur SRL, Citibank NA en Argentina” deben abstenerse de operar en la ciudad con Uber, en sus distintas denominaciones (Uber Technologies Inc., Uber B.V., Uber Argentina SRL, Raiser Operations BV).

La resolución especifica que el bloqueo se extiende a “cualquier actividad” que permita a Uber “llevar a cabo sus transacciones”, y que as empresas de tarjetas “deberán arbitrar todas las medidas conducentes tendientes a evitar que tales acciones se concreten”.

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