Sáb 11.10.2008

SOCIEDAD • SUBNOTA

Antecedentes insignificantes

No es la primera vez que la sala I de la Cámara del Crimen eleva a juicio oral y público una causa contra ladrones de queso. En abril del año pasado, los camaristas Alfredo Barbarosch, Gustavo Bruzzone y Jorge Rimondi confirmaron el procesamiento de tres jóvenes que hurtaron una horma de queso de rallar en un supermercado chino del barrio porteño de Constitución. Los camaristas rechazaron el argumento de la defensa de los tres imputados en relación con el “principio de insignificancia” de lo hurtado.

En 2006, otro caso llegó a juicio oral y el fiscal pidió una condena de cumplimiento efectivo. Pero el juez absolvió al imputado. Argumentó que el hombre hurtó el queso para alimentar a sus hijas y señaló que el valor del alimento hurtado era de unos 15 pesos.

Hay otro antecedente, que no llegó a juicio. Es el ocurrido en mayo de 1994, cuando al entonces juez federal Juan José Galeano denunció a un preso por haberse comido un sandwich de jamón y queso de un empleado de su juzgado. La denuncia recayó en su colega Gustavo Literas, que a su vez se la giró al fiscal en turno. Este rechazó el reclamo de Galeano y no instó la acción penal. “¿No sería irracional aplicar una pena de quince días a dos años a una persona por comerse un sandwich?”, se pregunto el fiscal. El juez Literas coincidió con el argumento y cerró el caso.

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