Sáb 07.02.2009

SOCIEDAD • SUBNOTA  › QUé SUCEDE EN LA ARGENTINA

Sin una regulación

› Por Pedro Lipcovich

“Debería existir, en la Argentina, un marco regulatorio que garantice el derecho de las personas a decidir en el final de la vida”, sostiene Ignacio Maglio, abogado que integra el equipo profesional del Hospital Muñiz. La única provincia que cuenta con una ley de este orden es Río Negro, donde se admite, en caso de que la persona no esté consciente, la capacidad de decidir de sus familiares y se reconocen la voluntad de la persona, formalizada previamente ante escribano, que una persona formula sobre lo que está dispuesta a aceptar o no en caso de una situación terminal. El Colegio de Escribanos bonaerense, por su parte, ha formalizado su disposición a dar fe de ese “testamento vital”. Entretanto, algunos equipos médicos temen sufrir consecuencias legales, si retiran la alimentación e hidratación que sostienen un cuerpo en coma irreversible. Y la Suprema Corte bonaerense se negó a aceptar la suspensión de alimentación artificial al cuerpo de una mujer que llevaba siete años en estado vegetativo. En términos prácticos, lo mejor que puede hacer una familia en tal situación es “tratar de no judicializar el caso y acordar la decisión en el marco íntimo y humano de la relación clínica” con un equipo médico de su confianza, observó Maglio.

El fallo de la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires tuvo lugar en 2005: “Se trataba de una señora cuyo cuerpo permanecía en estado vegetativo desde hacía siete años. Ante la negativa de los médicos a retirar la alimentación y la hidratación artificiales, el esposo y los hijos mayores de edad se presentaron ante la Justicia. El caso llegó a la Suprema Corte provincial, cuyos integrantes rechazaron el reclamo porque la decisión de rechazar o suspender los tratamientos sólo puede ser tomada por el paciente”, según el fallo.

Ignacio Maglio –a cargo de la sección Riesgo Médico-Legal del Hospital Muñiz– sostiene que “es necesario generar un marco regulatorio que permita a médicos, pacientes y familiares tomar decisiones con mayor libertad. El temor que alegan los médicos es el ‘síndrome judicial’, el miedo a ser llevado a juicio”. Maglio señaló que en estos casos “no se trata de eutanasia, sino de reconocer límites para un esfuerzo terapéutico”.

En la provincia de Río Negro rige una ley por la cual el paciente terminal “tiene derecho a manifestar su voluntad en cuanto al rechazo de procedimientos de hidratación y alimentación, cuando sean extraordinarios o desproporcionados”; la ley también considera válida la manifestación previa “realizada en instrumento público y por ante un escribano”. Cuando el paciente no esté consciente, “la manifestación de voluntad será firmada por el cónyuge o los parientes consanguíneos”.

La ley rionegrina tomó en cuenta el documento “Pautas y recomendaciones para la abstención o retiro de los métodos de soporte vital en el paciente crítico” producido por el Comité de Bioética de la Sociedad Argentina de Terapia Intensiva (SATI). Allí se precisa que “el soporte vital comprende desde la ventilación mecánica y el sostén hemodinámico hasta la oxigenoterapia, nutrición e hidratación parenteral” y señala que “habitualmente el equipo médico planteará la posible abstención o el retiro del soporte vital” en casos como “cuando sólo se trate de mantener y prolongar un cuadro de inconsciencia permanente e irreversible”, así como “cuando el sufrimiento sea inevitable y desproporcionado al beneficio médico esperado”.

El documento de la SATI puntualiza que “la propuesta de abstención o retiro de un método de soporte vital deberá ser efectuada, en lo posible, al paciente” o, si éste se halla inconsciente, “al familiar, cuyo acuerdo resulta en principio indispensable”.

En cuanto a la más sensata actitud a adoptar, bajo las actuales condiciones en la Argentina, para una familia que enfrente una situación de este tipo, “lo peor que se puede hacer es judicializar este tipo de situaciones: las decisiones se deben tomar en el ambiente íntimo y humano de la relación clínica. Es cierto que a menudo las decisiones se toman en el marco de instituciones asistenciales que no dan apoyo normativo y de contención para los pacientes y los equipos de salud”.

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