SOCIEDAD • SUBNOTA › PARA LOS JURISTAS PUEDE SER HOMICIDIO O ABORTO DOLOSO
› Por Carlos Rodríguez
La decisión de la Justicia platense de calificar como “homicidio” la muerte de Isidro, el bebé de Carolina Píparo, ha suscitado diferentes apreciaciones entre los especialistas. Mientras que el penalista Carlos Beraldi consideró, ante una consulta de Página/12, que el caso está bien caratulado porque Isidro “ya había nacido, ya era considerado una persona y no un niño por nacer”, el ex fiscal de Bahía Blanca Hugo Cañón y el abogado Mariano Silvestroni, profesor de Derecho Penal, coincidieron en que el delito tendría que ser equiparado al de un “aborto doloso”, porque lo ocurrido es equiparable a “un aborto no deseado por la madre”.
Cañón le dijo a este diario que “lo esencial es que, cuando ocurrió la agresión a la madre, todavía no se había producido el nacimiento y el feto, según nuestro ordenamiento jurídico, todavía no tiene la calidad de persona. La muerte es posterior al hecho que se está investigando”. Según Cañón, “el caso no parece complicado desde el punto de vista técnico y en caso de que se mantuviera la actual calificación, esto produciría un derrumbe del Código Penal, porque se estarían modificando normas que están relacionadas entre sí y que son claras, más allá de lo doloroso del caso. No se puede calificar como homicidio”.
Por el contrario, Carlos Beraldi, profesor en la UBA que comparte su estudio con el ex ministro de Seguridad bonaerense Carlos Arslanian, dijo que efectivamente “cuando muere un feto sin nacer es aborto, pero en este caso es homicidio porque el bebé ya era considerado una persona y el fiscal puede aplicar esa figura”. Beraldi recordó que no hay antecedentes como el de Carolina Píparo porque, en la mayoría de los casos de ataques a embarazadas en avanzado estado de gestación, “mueren la madre y el bebé”.
Lo dicho por Beraldi es cierto, pero también han ocurrido casos en los cuales muere la madre, pero el bebé, nacido en forma prematura, logra sobrevivir. Beraldi, si bien consideró que el caso tiene que juzgarse como homicidio, reconoció que la cuestión es compleja y en ese contexto “el fiscal va a tener que establecer que la muerte del bebé tiene conexión con lo que hicieron los delincuentes”.
En cambio, el abogado Mariano Silvestroni, también profesor de la UBA, consideró que “no estamos en presencia de un homicidio, porque en el Código Penal existe la previsión expresa de aborto sin el consentimiento de la madre”. Precisó que “al momento en que se produjo el hecho, el sujeto pasivo del delito era el feto. Era una persona por nacer a la cual el Código Penal le otorga una condición (jurídica) diferente”.
De acuerdo con la opinión del letrado, “no se puede argumentar en contra del delincuente que el bebé haya nacido después del ataque” y consideró que sin dudas “esto se trata de un aborto doloso”. Silvestroni estimó que el caso se puede equiparar con el de una mujer que se practica un aborto. “Se la acusa de ese delito y no por el delito de homicidio.” Claro que, en este caso, la carga sería para el joven que está detenido por el ataque a la madre y ahora también por la muerte del bebé.
Silvestroni evaluó que los autores podrían ser condenados a penas de entre 15 y 20 años por el delito de “robo agravado en concurso con tentativa de homicidio (de la madre) doblemente calificado”.
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