Jue 14.06.2012

SOCIEDAD • SUBNOTA  › SOBRESEEN A UN JOVEN DETENIDO EN LA LíNEA MITRE

Fumar en el tren no es para procesar

Uno de los temas más urticantes para los opositores al proyecto consensuado entre el oficialismo, la UCR y el FAP, la derogación de la figura de ostentación en la vía pública, fue resuelto en favor de un usuario por la Cámara Federal porteña. Según informaron fuentes judiciales, la Sala I de esa Cámara revocó el procesamiento y dispuso la absolución de un joven que había sido sorprendido por la policía fumando marihuana en un tren. El hecho ocurrió el 17 de octubre pasado y el joven, al percatarse de la presencia policial, apagó el porro, pero el cese de su conducta no impidió la requisa y la posterior detención y procesamiento.

El personal a cargo de la detención pertenecía a la División Mitre de la Policía Federal y el hecho ocurrió en el interior de una formación que cubría el trayecto José León Suárez-Retiro. El uniformado que lo detuvo llegó hasta el joven, luego de ser alertado por un grupo de personas que le indicaron que en el furgón alguien se encontraba fumando un cigarrillo, del que emanaba un fuerte olor a marihuana.

En su fallo, los camaristas Eduardo Farah, Jorge Luis Ballestero y Eduardo Freiler relataron que el implicado, “al notar la presencia de los agentes, arrojó el cigarrillo al suelo, lo apagó y lo guardó en su bolsillo”, comprobándose luego que se trataba de 8,89 gramos de marihuana. El joven había sido procesado por el juez federal Claudio Bonadío, quien le imputó la figura prevista en la segunda parte del artículo 14 de la ley 23.737: tenencia para consumo personal.

Al igual que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, los camaristas declararon inconstitucional ese artículo. “La tenencia de sustancias estupefacientes para el propio consumo del tenedor constituye una conducta incapaz, por sí misma, de conectarse con un resultado lesivo para otros, por cuanto no implicaba un daño al orden y la moral pública ni involucraba un perjuicio para terceros, constituyendo en definitiva una acción privada”, afirmaron.

Nota madre

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