Dom 15.03.2015

SOCIEDAD • SUBNOTA  › MARCELO COLOMBO, FISCAL ANTITRATA

“Disparar los alertas”

Marcelo Colombo es el fiscal que, desde 2013, se encuentra al frente de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex) que funciona en el ámbito del Ministerio Público Fiscal. Desde allí se presta asistencia a las fiscalías del país en las causas por secuestro extorsivo, trata de personas y delitos conexos y se intenta avanzar en la investigación de un delito tan grave como nebuloso. Junto a sus colaboradores Alejandra Mángano y Santiago Eyherabide, Colombo dialogó con Página/12 sobre el último informe publicado, fruto del trabajo articulado con organizaciones de la sociedad civil.

–El informe insiste en la importancia de identificar desde el principio con qué puede estar relacionado cada caso de desaparición que se denuncia. ¿Cuáles son esos diferentes “tipos” de desaparición?

Marcelo Colombo: –El informe realiza una primera división entre desapariciones que están ligadas con hechos ilícitos y aquellas que están ligadas con hechos lícitos. Creo que ese primer filtro tiene que ser muy ágil de modo que, cuando exista una hipótesis de desaparición, se sepa inmediatamente cuál es la agencia judicial que tiene que investigarlo y que se dispare no sólo una buena investigación, sino las alertas necesarias. Hoy esto no sucede.

–¿Qué porcentaje del total de desapariciones suele asociarse a un delito?

M. C.: –La gran mayoría de las desapariciones no está relacionada con hechos ilícitos. Hay un porcentaje menor, del 5 por ciento, sí. Nosotros insistimos mucho en que eso, contrariamente a lo que podría suponerse, debe invitarnos a actuar igualmente con la premura del caso.

Santiago Eyherabide: –Hay tres cosas muy importantes en una desaparición que son independientes de este porcentaje. La primera es que hay una necesidad de una familia, una situación de angustia, de ser asistida durante ese proceso de búsqueda hasta el hallazgo. Por otro lado, un conjunto muy grande de esas desapariciones corresponde a adolescentes y muchas veces a chicas, con lo cual incluso si la desaparición no fue por un hecho ilícito, la situación de vulnerabilidad a la que están expuestas las pone en un riesgo mayor de ser víctima de un delito. Y tercero, que la desaparición causada por un ilícito, aunque sea 1 de cada 20, responde a una situación muy grave y está más que justificado que en 19 casos el procedimiento sea sólo preventivo si en ese caso número 20 se logra detener un delito, salvar a una chica.

–¿Cuáles son las particularidades de la búsqueda de una persona desaparecida en relación con otras investigaciones penales?

M. C.: –Lo primero que sucede en estas investigaciones es que las hipótesis son muy abiertas, la posibilidad de la desaparición en principio no está clara, con lo cual uno tiene que intentar valorar todas las posibles hipótesis que están en juego para después ir descartando. Nosotros proponemos establecer un vínculo rápido con los familiares, con el grupo de contención, para intentar averiguar desde ese lugar en que se movía la persona cuáles pueden ser las posibles razones. Lo ideal es que esto se haga fuera del despacho del fiscal, nos parece mejor que se pueda ir recolectando esa información del modo más informal y rápido posible. El otro punto importante es que, cuando la persona aparece, porque muchas veces aparecen luego, a esa aparición y a las razones por las cuales esa persona desapareció se les dé importancia, porque muchas veces se cierra el caso y casi ni se le toma una declaración testimonial.

–¿Otra dificultad es que no se trabaja sobre la reconstrucción de un hecho ya consumado, sino sobre una situación de pura incertidumbre?

M. C.: –Exactamente, no es una investigación tradicional respecto de un hecho ilícito pasado, sino que es una especie de búsqueda de una situación que está todavía en curso en el momento en que se hace la denuncia. Esto también es una dificultad en el plano judicial penal, porque si se tiene un hecho más o menos identificado se lo denuncia y eso ya permite un primer encuadre legal que le da competencia a un juzgado determinado. En cambio puede haber distintas variables dentro de los que se llama la desaparición: puede que no sea delictiva, puede que sí sea delictiva y que tenga que ver con un secuestro, puede que tenga que ver con haber sido captado para una red de trata, puede suceder que una persona haya sido abusada en el marco de una desaparición.

–A esto se le suma la situación caótica de los registros de desaparición que evidencia el informe.

Alejandra Mángano: –Sí, pero hay que aclarar que no es que hoy nos encontramos en un desmadre histórico, sino que la desaparición de personas ahora se lee en el medio de todo un avance legislativo e institucional para evitar cualquier forma de violencia contra las mujeres. También hay un avance institucional y cultural en la lucha contra la trata. Hace unos años que una persona esté faltando de su casa era considerado hasta una acto de autonomía; el Estado no podía meterse en ese acto de autonomía de un mayor de edad. Hoy esto se lee distinto. La Corte Interamericana lo dijo expresamente: el Estado tiene que saber dónde están las personas que están faltando, tiene que identificar los cuerpos hallados NN, hay un deber del Estado de identificar y saber dónde están sus ciudadanos.

Informe: D. T. C.

Nota madre

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