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Domingo, 2 de octubre de 2005

E-CASH DE LECTORES

JUBILADOS

Me encuentro en una situación similar a la que Marcelo Zlotogwiazda refiere en su nota periodística “Sostiene Pereyra” en el suplemento de Página/12, Cash, de fecha 18-09-2005. Me jubilé en 1989 con 43 años de aportes y 862 pesos de haber. Hasta la fecha recibí el 10 por ciento de aumento. En una nota que Zlotogwiazda publicó en Página/12 del 18 de agosto de 1992 hacía mención a la violación de la ley 18.037 (por la cual me jubilé) que establecía el haber jubilatorio de acuerdo al índice de Salario Medio Normal y Permanente que elabora el Ministerio de Trabajo, que en mi caso significó un haber inicial inferior por ley, y a posteriori la no aplicación de la movilidad correspondiente. Como Zlotogwiazda sabe, la Anses estaba obligada a apelar los fallos de la Justicia por lo indicado en el artículo 19 de la Ley de Solidaridad Previsional, sancionada durante el Gobierno de Menem y Cavallo. En marzo de este año la Corte Suprema de Justicia anuló por inconstitucional el referido artículo y en mayo de este mismo año dejó también sin efecto la doctrina impuesta por la Corte anterior en fallo de 1996 por el caso Chocobar (ver Página/12 del 18 de mayo 2005). Los supremos consideraron que la Ley de Convertibilidad no había derogado la aplicación del índice general de remuneraciones. Por lo tanto, los haberes concedidos por la ley previsional que rigió entre 1991 y 1994 (la 18.037) deben ser actualizados con este sistema. Además está la movilidad del ’94 para adelante: caso docentes. Me gustaría conocer la opinión de Zlotogwiazda sobre estos recientes fallos de la Corte. Yo personalmente tengo hecho un reclamo administrativo en marzo 2005. Lo saludo cordialmente.
Homero Soria
Rosario

TELEVISOR

Recurro a Página/12 para saber si hay que pagar impuestos por el uso de un televisor en un bar destinado a los espectáculos deportivos o noticieros.
Según inspectores, existe una ley según la cual el televisor es un medio de reproducción fonográfico. Por ello, exigen pagar el 1 por ciento de la venta bruta. ¿Es una maniobra para generar una industria de juicios? Si no paso música en el bar y menos lucro con la música, ¿por qué no puedo tener un televisor? Y si yo quisiera pasar música, ¿es el televisor un medio idóneo para reproducirla? Mi caso no es único, hay muchísimos en todo el país. Quedo a vuestra disposición para lo que Página/12 requiera.
Mario Gustavo Laurenzi
[email protected]

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