OPINIóN › RESTRICCIONES AL NO SANCIONAR LA LEY DE LEYES 2011
› Por Juan Jose Carbajales *
La Ley 24.156 de Administración Financiera establece el proceso de formulación y aprobación del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional, por medio del cual el Poder Ejecutivo debe fijar anualmente los lineamientos generales que contendrán los recursos (ingresos y fuentes de financiamiento) y gastos (cumplimiento de las políticas, planes de acción y producción de bienes y servicios) para el año siguiente. Para ello, deberá evaluar el desarrollo general del país y proyectar las variables macroeconómicas de corto plazo. Y, sobre esa base, confeccionar el proyecto y presentarlo a la Cámara de Diputados antes del 15 de septiembre de cada año.
En cuanto a su contenido, el Presupuesto debe estar encuadrado en el marco de las “políticas” (visión constitucional de los objetivos rectores del accionar del Estado), de los “planes” (líneas principales de gobierno) y de las “estrategias” (programas operativos de gestión) fijados al interior del Poder Ejecutivo, pero atinentes a los tres poderes. De ello se sigue que las políticas públicas estarán delimitadas, en materia presupuestaria, por los lineamientos fundamentales provenientes de la Constitución.
Un ejemplo en materia ambiental es el caso del Riachuelo. La política constitucional obliga a todas las autoridades a proteger el derecho a un ambiente sano. Los planes de gobierno receptan esta obligación –reforzada por la sentencia de la Corte en la causa “Mendoza”– y las estrategias operativas determinan el modo de encarar el saneamiento (vía organismos interjurisdiccionales como la Cumar), asignándole el marco de gastos y fuentes de financiamiento.
En este contexto, la ley determina que si al inicio del ejercicio financiero no se encontrare aprobado el Presupuesto, regirá el que estuvo en vigencia el año anterior, con una serie de ajustes. Pero el problema es que, de consolidarse la actual parálisis legislativa, el país se quedará sin la “foto” prevista para el 2011. Previsión que no se limita a establecer con qué margen de discrecionalidad contará el oficialismo para manejar ingresos no previstos. Afecta también –y principalmente– al modelo de sociedad y de de-sarrollo que se pretende edificar y ejecutar el próximo año. Seguir con la “ropa usada” puede resultar pragmáticamente beneficioso (o no), pero es indudable que se estará esquivando la discusión existencial sobre la pertinencia, alcance y límites de las políticas, planes y estrategias de gobierno por parte de todos los poderes del Estado
* Politólogo, abogado y docente UBA.
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