CULTURA › EL SENADO DE LA NACION APROBO POR UNANIMIDAD LA LEY DEL ACTOR
“Siento una profunda emoción y mucha alegría porque es una ley que nos saca de ese lugar ‘gris’ donde siempre vivimos”, dice Alejandra Darín, presidenta de la Asociación Argentina de Actores. La ley promueve un régimen laboral y previsional especial.
› Por Oscar Ranzani
A veces los sueños se convierten en realidad, pero no por una cuestión de magia sino por razones bien concretas. En el caso de la Ley del Actor tiene que ver con la lucha que emprendieron desde la Asociación Argentina de Actores (AAA) durante muchos años sin bajar los brazos. El momento llegó: el miércoles por la noche, el Senado aprobó y convirtió en ley, por unanimidad y sin debate, la iniciativa que reconoce a los actores como sujetos de derechos y promueve para ellos un régimen laboral y previsional especial. El proyecto contó con el respaldo de los 52 senadores y tuvo el mismo apoyo que había logrado obtener en el Congreso el 8 octubre, cuando el tratamiento fue votado a favor por los 206 diputados presentes en el recinto: al igual que en el Senado, fue votado por unanimidad.
El proyecto había sido enviado al Congreso por el Ejecutivo nacional y la decisión fue anunciada por el presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, el 15 de septiembre. “Es la ley que reconoce de una vez por todas a los trabajadores del arte, a los actores y actrices argentinos como trabajadores plenos de derecho en relación de dependencia”, dijo la presidenta aquella histórica tarde. “Hay pocas profesiones con un régimen laboral con las características de los actores. No porque fueran especiales sino porque tienen un trabajo distinto. No se puede tratar igual a los desiguales. Si uno trata igual a los desiguales está siendo injusto”, argumentó la presidenta, al explicar los motivos por los cuales envió al Congreso el proyecto de Ley del Régimen Laboral y Previsional del Actor/Intérprete.
La ley, elaborada entre los ministerios de Trabajo, Cultura y Desarrollo Social, junto a la Anses y la AFIP, a partir de una iniciativa de la Asociación Argentina de Actores otorga un marco jurídico “adecuado a las particularidades” de las actividades que realizan los actores, que garantiza su acceso a los derechos de seguridad social y tiene en cuenta el “carácter discontinuo” de sus trabajos. Reafirma la existencia de la relación de trabajo y la aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo, con las particularidades propias de la actividad y según también lo que prevén los Convenios Colectivos, tanto en los derechos individuales como en las modalidades de contratación al igual que todos los trabajadores.
Esta reafirmación de la relación de trabajo asegura la cobertura de todos los subsistemas de seguridad social: Salud (ya lo tenían), Asignaciones Familiares, Desempleo, Riesgos de Trabajo y el derecho a la jubilación (también retiro por invalidez y pensión) que contemple la particularidad de la prestación de la tarea. Además, se le daría cobertura previsional, debido a que el texto afirma que “se computan 120 jornadas efectivas de trabajo como un año de servicios con aportes y que de computarse un período menor, el trabajo será bonificado de acuerdo al monto de aportes efectuados”.
“Siento una profunda emoción y mucha alegría porque es una ley que viene a reafirmar los convenios con los que venimos trabajando desde hace muchos años, y nos saca de ese lugar ‘gris’, donde siempre vivimos: nos reconoce en nuestra condición de trabajadores en relación de dependencia”, comentó a Página/12, aun emocionada, la presidenta de la Asociación Argentina de Actores, Alejandra Darín. En cuanto a los mayores beneficios que brinda la ley, Darín sostuvo: “Nos iguala con el resto de los trabajadores de nuestro país. Nosotros siempre decimos que tenemos una doble condición: somos artistas y somos trabajadores. Esta segunda parte, la de trabajadores, es la que estaba en ese ‘gris’. Viene a cambiar un paradigma o una creencia sobre la realidad de los actores que siempre estuvo alejada de la realidad en cualquier época de la que hablemos: los actores no solamente son los más visibles sino que ése es un pequeñísimo porcentaje dentro del grupo al cual pertenecemos. Y por esta especie de fantasía de que los actores somos millonarios y andamos en autos de lujo, se pierde la verdadera condición de la mayoría de los actores que trabajan con muchísima discontinuidad y en muchísimos casos hasta deben tener otro trabajo para poder sostenerse”, sostiene. Para la actriz, “lo que viene a decir la ley es que somos trabajadores que, más allá del arte que profesamos, tenemos que alimentar a nuestra familia, tenemos que tener los derechos previsionales que tiene cualquier trabajador, las mismas relaciones con la seguridad social, etcétera”.
La ley indica que se considera actor o intérprete y, en consecuencia, sujeto beneficiado por la misma a “toda persona que desarrolle las tareas de interpretación de personajes, de situaciones ficticias o de sí mismo, a través de un libreto, guión o ideas”, además de los directores, apuntadores, asistentes, coristas y cuerpos de baile. También se especifica que el contrato laboral deberá ser escrito y presentado en la Asociación Argentina de Actores por parte del contratante. El actor ya no tendrá la obligación de realizar trabajos publicitarios excepto que haya sido la actividad especificada. El Estado también se beneficia en esta implementación ya que el Sistema Integrado Previsional Argentino recibirá aportes previsionales de este sector, que hasta este momento quedaban en manos de los empresarios.
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