Sábado, 3 de marzo de 2007 | Hoy
TELEVISION
A continuación se transcriben algunas cláusulas que figuran en los contratos denunciados por la Asociación Argentina de Actores:
- “Si por cualquier circunstancia LA PRODUCTORA se viere en la necesidad y/u obligación de levantar el programa y/o concluir anticipadamente con la filmación y/o emisión del programa (...), ello en modo alguno habilitará a EL PROFESIONAL a efectuar reclamo de naturaleza ninguna”;
- “En caso de que EL PROGRAMA dejara de emitirse, LA PRODUCTORA podrá asignar a EL PROFESIONAL nuevas tareas en cualquier otro programa”;
- “LA PRODUCTORA podrá a su exclusivo criterio declarar rescindido y resuelto el presente contrato en el supuesto caso de que el programa no supere los dieciocho (18) puntos del rating Hogares y/o comercialice menos del 80% de la pauta publicitaria permitida, sin que ello genere derecho a reclamo de naturaleza ninguna a favor de EL PROFESIONAL”;
- “Los honorarios pactados son comprensivos de toda suma y/o derecho que pudiere corresponderle a EL PROFESIONAL por las repeticiones que en forma parcial y/o total se hagan del programa, sea en el interior o en el exterior del país, sin limitación alguna en cuanto al tiempo, lugar, ni número de pasadas”;
- “EL PROFESIONAL acepta y presta su conformidad para mencionar y/o exhibir y/o manipular marcas y/o productos en pantalla que LA PRODUCTORA le indique, sin que ello genere para EL PROFESIONAL derecho alguno a percibir ni reclamar el pago de suma alguna adicional”.
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