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Un reclamo justo
A sus 36 años, Carmen G. vive en una zona muy humilde de La Pampa -Villa Uhalde–, tiene 8 hijos, uno de ellos víctima de una patología neuromuscular progresiva e invalidante de carácter letal. Recientemente, y estando ya embarazada de su noveno hijo, conoció detalles de esa enfermedad: es genética. La padecen los varones y la transmiten las mujeres, por lo que sus otros hijos también la llevan en sus genes, y sus hijas mujeres seguramente la transmitirán a su descendencia. Por decisión propia, y de común acuerdo con su pareja, solicitó, mediante un recurso de amparo, que se autorizara para ella la ligadura de trompas y así evitar futuros embarazos. Por el carácter hereditario del mal, explicó, también podría padecerlo su hijo “por nacer, por lo que el resto de mi vida deberé dedicarme intensamente al cuidado de mi prole. El pedido para que interviniese Tocoginecología se basó en la salvaguarda de mi salud psicofísica, en la necesidad de proteger integralmente a mi familia, y en la grave situación socioeconómica. Es mi libre y deliberada decisión”. Carmen ya había recurrido a otros métodos anticonceptivos, pero tanto las ingestas orales como el DIU habían derivado en una serie de complicaciones. Así y todo, el servicio de Tocoginecología del que habla se negó a realizar la ligadura (además de no brindar pruebas de la respuesta negativa, algo que la Justicia le exigió a Carmen), y la jueza Gabriela Pibotto de Langlois denegó el amparo, so pretexto de que la Justicia no puede sustituir al médico “en una decisión tan vital”. Es más: en el fallo, la jueza se permite sospechar que Carmen haya “agotado todos los recursos a su alcance para evitar otro embarazo”. El movimiento de mujeres de La Pampa, por su parte, se ha convocado, y planea presentar un proyecto de ley que contemple estos casos.