POLíTICAS
Ratificar derechos
Por Mabel Gabarra *
En nuestro país los derechos de las mujeres, enumerados en la “Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer”, son violados cotidianamente, y muy pocas veces las víctimas tienen en la Justicia interna una respuesta satisfactoria a sus reclamos.
El protocolo facultativo de la Convención, adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas en octubre de 1999, tiende a establecer una vía más de reclamo, en este caso supranacional. Dicho protocolo tiene como objetivo fundamental reconocer competencia al “Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer”, órgano de Naciones Unidas, para investigar sobre las violaciones de algunos de los derechos reconocidos a las mujeres por la Convención, una vez agotadas la vías judiciales internas del país donde se han producido. Además reconoce a las víctimas o a otras personas que actúen en su nombre el derecho a iniciar un procedimiento de investigación ante dicho Comité.
La Convención, adoptada por la Asamblea de Naciones Unidas el 18 de diciembre de 1979, fue ratificada en 1985, convirtiéndose en la ley nacional 23.179. En 1994 adquiere rango constitucional, se convierte así en la Carta Magna de las mujeres y plantea los conceptos de igualdad entre los sexos y de no discriminación. Compromete a los estados que la ratifiquen a tomar todas las medidas apropiadas para eliminar los prejuicios y patrones socioculturales de conducta que establecen jerarquizaciones entre varones y mujeres en el seno de la familia y en todos los ámbitos de la vida social.
Los derechos reconocidos en ésta se refieren a la no discriminación por sexo en la salud, la educación, el trabajo, la seguridad social, la participación política, la familia, la vida política y pública, es decir, todo aquello que tiende a garantizar el ejercicio por parte de las mujeres de sus derechos humanos y libertades fundamentales.
Sin embargo, todavía hoy es desconocida para muchas mujeres en nuestro país y poco utilizada por los/las profesionales del derecho en su práctica tribunalicia.
El 6 de septiembre de 2001 la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado, con la firma de sus 15 miembros, eleva un dictamen favorable para que el Protocolo Facultativo sea tratado por el Parlamento. A partir de allí la Iglesia Católica comienza una campaña en contra de la aprobación, cuestionando no la letra del mismo sino los derechos establecidos por la Convención, especialmente su artículo 12, que dice textualmente: “ 1 - Los Estados parte adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de la atención médica a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, el acceso a servicios de atención médica, inclusive los que se refieren a la planificación de la familia. 2 - Los Estados parte garantizarán a la mujer servicios apropiados en relación con el embarazo, el parto y el período posterior al parto, proporcionando servicios gratuitos cuando fuere necesario y le asegurarán una nutrición adecuada durante el embarazo y la lactancia”.
Este es el derecho constitucional cuestionado por la Iglesia. El Protocolo sólo brinda un procedimiento más de reclamo internacional para las mujeres víctimas de violaciones de algunos de los derechos reconocidos en la Convención. La energía militante de esta institución podría canalizarse al servicio de mejores causas. Por otra parte, si la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado, presidida por Eduardo Menem, cajonea el proyecto de ratificación del Protocolo, o pretende modificarlo, no estaría defendiendo la soberanía nacional tal como argumenta el Gobierno, que es un simple gestor del FMI, sino sucumbiendo a las presiones de las posturas más discriminatorias y violatorias de los derechos humanos de las mujeres. La soberanía del país se defiende cuando se protege la vida, la dignidad, el bienestar y la felicidad de todos y todas los/las que lo habitan, cuando se respetan los derechos y se garantiza su ejercicio, cuando cesan la impunidad, la corrupción, la discriminación, cuando los representantes elegidos cumplen con el mandato popular y protegen el patrimonio y los bienes de la nación.
Todo lo demás es pura hipocresía.
* Secretaria de Igualdad de Género y Oportunidades. Central de Trabajadores Argentinos.