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Viernes, 21 de marzo de 2003

CORTE PENAL INTERNACIONAL

HACIA UNA JUSTICIA JUSTA

Hace un mes fueron elegidos los 18 miembros de la futura Corte Penal Internacional Permanente (CPI), que juzgará, entre otros, crímenes de guerra. Siete de los jueces elegidos son mujeres. La creación de la CPI está marcada por una fuerte impronta de género. Por primera vez la violación y la prostitución forzada en situaciones de conflicto serán tratados como crímenes de lesa humanidad.

Por Sandra Chaher

La semana pasada hicieron sus respectivos juramentos los 18 miembros de la futura Corte Penal Internacional Permanente, el máximo organismo internacional de Justicia que juzgará crímenes de genocidio, lesa humanidad, guerra y agresión. En el Estatuto de creación de la CPI estaba previsto que al menos un tercio de sus miembros fueran mujeres y otro tercio hombres. Las mujeres seleccionadas no sólo fueron siete (dos de América latina y el Caribe, una del Grupo Occidental, tres de Africa y una de Europa Oriental) –una más que el mínimo deseado–, sino que seis de ellas fueron elegidas en la primera vuelta, mientras que para decidir quiénes serían los restantes doce miembros hicieron falta dos días y medio y treinta y tres vueltas más de negociaciones.
Si bien la representación femenina en un órgano de máxima jerarquía internacional es fundamental, el principal aporte de la CPI a la vida de las mujeres está en el tipo de crímenes que juzgará, las garantías procesales que tendrán los casos que allí se traten, y la perspectiva de género que atraviesa prácticamente todas las instancias del Tribunal: desde el personal judicial y administrativo, hasta el enfoque de las causas.
Si la CPI logra funcionar de acuerdo con lo previsto en el Estatuto de Roma –la instancia que le dio origen en 1998–, se habrá dado un enorme paso en la defensa de los derechos de género tanto a nivel internacional como nacional, ya que está previsto que los países que ratificaron el Estatuto adapten sus legislaciones nacionales a la que guiará a la CPI, que tiene figuras jurídicas y normas procesales más avanzadas que las que en general rigen cada país.

Invisibilidad legislativa
La conformación e inminente funcionamiento de la CPI representa un enorme salto hacia adelante para las activistas que vienen peleando por la inclusión de la perspectiva de género en la agenda de los derechos humanos. No es una morada donde anclar, pero podría ser una posta ineludible y hospitalaria para que muchas mujeres en el mundo, que viven bajo regímenes ciegos y sordos a sus derechos, empiecen a sentir que la Justicia también existe para ellas. Las mujeres fueron históricamente víctimas de violencia sexual, psicológica y física en tiempos de guerra y de paz, y hasta ahora nunca la justicia internacional (a excepción de los recientemente conformados Tribunales Penales Internacionales para la ex Yugoslavia y Ruanda) condenó estos crímenes. Los daños dirigidos hacia ellas fueron invisibilizados.
En las guerras sobre todo, y en los casos de genocidio (destrucción total o parcial de un grupo nacional, étnico, racial o religioso) y crímenes de lesa humanidad (ataque sistemático contra una poblacióncivil), las mujeres fueron el blanco predilecto, casi una herramienta más de la guerra, una afrenta al corazón del agredido. Matanzas, maltratos, violaciones y violencia contra ellas y sus hijos fueron los métodos elegidos para saciar la voracidad agresora y “destruir el honor y orgullo” de los pueblos sometidos.
Los Tribunales de Nuremberg y Tokio, que juzgaron a los responsables de la Segunda Guerra Mundial, no condenaron estos crímenes. Y sin embargo los hubo. Desde antes de la Segunda Guerra, en Japón, se produjo el primer caso de abuso sexual sistematizado y planificado contra mujeres. Por orden del emperador Hirohito, preocupado por la masacre que sus soldados habían llevado a cabo en Nanking, en 1937, donde violaron y mataron a mujeres de todas las edades, fueron creadas en Japón y los países ocupados por el Imperio las llamadas comfort station o estaciones de solaz, donde mujeres japonesas y, sobre todo, prisioneras de los países ocupados, eran obligadas a prostituirse para que los soldados “satisficieran controladamente” su ansiedad sexual. Esta práctica continuó durante la guerra, pero nunca fue juzgada.
Recién en diciembre de 2000 se realizó en Tokio un juicio simbólico contra el Estado japonés en el que declararon 70 ex prisioneras de las estaciones de solaz. El Tribunal estuvo conformado por cuatro juristas de prestigio internacional –uno de ellos fue la entonces jueza argentina Carmen Argibay, actualmente miembro de los Tribunales Penales Internacionales para la ex Yugoslavia–, quienes, en su sentencia, repudiaron “la idea de que el abuso sexual de las mujeres es una consecuencia inevitable de la guerra”. El juicio no tuvo consecuencias fácticas pero sí simbólicas: era la primera vez que se conformaba un tribunal específicamente para casos de género, y constituía un avance más en el intento de incorporar esta legislación a la justicia internacional.

“Fui cuando tenía 14 años. Mi profesor japonés me mandó. Fue una orden. Nos metieron en una fábrica. Yo me escapé con una amiga. La primera vez, fracasamos. La segunda, cuando salimos, un camionero nos secuestró. Perdí de vista a mi amiga. Yo estaba sola en el camión y el maldito camionero me violó. Yo ni siquiera había empezado a menstruar. No sabía nada. Empecé a sangrar por la violación mientras me llevaban a algún sitio. Me enteré de que estaba en una estación de solaz. Allí mi cuerpo me dolía todos los fines de semana por el sexo forzado con los japoneses. Era una vida terrible. Duró como un año.” (Kang, anciana oriental)

El testimonio pertenece al documental Si la esperanza fuese suficiente, realizado por el Caucus Internacional de Mujeres por una Justicia de Género, una organización no gubernamental que se creó para impulsar la creación de la CPI y que, con vistas a su inminente puesta en práctica, realizó este video en el que a través de testimonios de mujeres violentadas, y activistas, traza la historia de la violencia ejercida sobre las mujeres y destaca la importancia de la CPI para revertir esta situación.
En Si la esperanza fuese suficiente –que será proyectada en Buenos Aires en abril, en un encuentro organizado por el Colectivo Latinoamericano de Mujeres por una Justicia de Género, Unicef y Unifem– también se relatan los hitos recientes en el logro de una justicia internacional con perspectiva de género: “Recién en 1993, durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos realizada en Viena, la violencia basada en el género fue reconocida como parte de la agenda de derechos humanos de las Naciones Unidas. Esto resultó, entre otras cosas, en que en la Plataforma de Beijing se incorporó un capítulo sobre mujeres en situaciones de conflicto que se refiere a las situaciones de violencia contra las mujeres en guerras y conflictos armados y lasviolaciones a los derechos humanos, y se preparó el terreno para que muchos de estos temas se trataran en el futuro”.
Cuando en los años ‘93 y ‘94 se crearon los Tribunales Penales Internacionales para Ruanda y la ex Yugoslavia se incluyeron algunas figuras jurídicas –como la violación sexual como crimen de lesa humanidad– que garantizaban que los abusos contra las mujeres pudieran ser juzgados. Sin embargo, la jueza Navanethem Pillay, presidenta hasta hace poco del Tribunal Internacional Penal para Ruanda, y actualmente una de las siete miembros femeninas de la CPI, señala en Si la esperanza...: “Dos años después del establecimiento del Tribunal y con 21 casos juzgados, no hubo uno solo en el que se condenara la violencia sexual. Después de eso, los jueces empezaron a percibir que los testigos estaban dando testimonios de casos de violencia sexual y violación y así tuvimos la primera condena histórica de evidencia de genocidio”. Carmen Argibay, que hace más de un año vive en La Haya, dice de su experiencia en los Tribunales para la ex Yugoslavia: “El caso que está tratando mi tribunal no está vinculado directamente con temas de género. Se trata de un político de segunda línea de Slobodan Milosevic al que se acusa de otros crímenes. Pero hubo varios fallos interesantes en otros tribunales. El más famoso es el de Kunarac, un serbio que tenía imputaciones directas de esclavitud sexual y violación como crimen de lesa humanidad y fue condenado”.

“Eran las 9 de la noche cuando se abrió la puerta y ahí estaba el comandante de los guardias, Zeljko Mejacik. Me llamó por el apellido para que saliera. Había 6 o 7 hombres ahí. Empezaron con los insultos. Me ordenó que me acostara y luego se aprovechó de mí mientras los otros miraban. Eso duró hasta las 2 de la mañana. No le dije a nadie lo que había sucedido y las mujeres no preguntaron. Era una regla implícita que las mujeres no nos preguntábamos lo que había pasado durante esas ausencias. La noche siguiente, a eso de las 2 de la mañana, Mejacik entró de nuevo y me llamó. Esa vez me entregó a su capitán de turno. El tormento duró hasta la mañana siguiente. Todas las veces me golpeaban también.” (Mujer bosnia de unos 40 años)

Del derecho al hecho
A partir de 1997, activistas de todo el mundo concentraron su atención en la creación de la Corte Penal Internacional Permanente que juzgaría los crímenes de genocidio, lesa humanidad y guerra cuando las cortes nacionales no pudieran hacerlo o no estuvieran dispuestas.
“Creo que la Corte Penal Internacional es la institución más importante que se creó desde las Naciones Unidas en 1948, por el fortalecimiento de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario”, señala Silvia Fernández, la primera candidata que tuvo la Argentina para integrar este tribunal.
En cuanto a los derechos de género, las feministas están conformes con la CPI pero hubieran querido más. El Caucus Internacional de Mujeres para la Justicia de Género señala que si bien es un logro que se hayan tipificado delitos que hasta ahora se diluían en otras normativas, el “Estatuto contiene muchas definiciones que como feministas no nos gustan, y faltan muchas otras que deberían estar, pero esto se debe a las intensas negociaciones que hubo que llevar adelante”. Carmen Argibay dice “sí y no” cuando se le pregunta si el Estatuto significa un avance para los derechos de las mujeres: “Se empezó a reconocer la necesidad de incluir a las mujeres en las tareas internacionales en pie de igualdad con los hombres; la violación y el abuso sexual serán tratados como crímenes de lesa humanidad; habrá mujeres jueces que facilitan mucho más la palabra de lasvíctimas que los varones; y se garantiza un procedimiento no discriminatorio de los juicios; pero como el Estatuto es producto del acuerdo entre países, aparecen conceptos como ‘prostitución forzada’ que en los estudios de género ya no se usan porque pone el énfasis en la mujer como alguien de baja condición”.
Más allá de estos señalamientos hay coincidencia en que los avances son importantes: la inclusión de la perspectiva de género; la equitativa representación de hombres y mujeres; la inclusión de expertos en violencia de género entre los miembros y personal de la Corte; la incorporación de normas de procedimiento y prueba en relación con la violencia sexual; y el tratamiento justo de víctimas y testigos, entre otros.
Por eso la constitución de una Corte Penal Internacional, superior jerárquicamente a los Tribunales Penales Internacionales y con un status diferente (los Tribunales se arman ad hoc para casos específicos, es decir que juzgan con retroactividad; y la CPI en cambio quedará constituida para juzgar crímenes futuros, es decir que es una luz amarilla para quien piense que puede cometer delitos y quedar impune), es tan importante en general, y en particular para mujeres y niños. Pero además, el Estatuto prevé que cada país que lo ratifique debe adaptar su legislación a la de la CPI, con lo cual es esperable que aumenten las garantías de derechos para las mujeres de los 87 países que hasta la fecha lo hicieron, y esto transformará a la CPI en algo más real y concreto para las mujeres de cada pueblo. “En Sudáfrica –dice en Si la esperanza... Rashida Manjoo, miembro de la Unidad de Derecho, Raza y Género de la Universidad de Cape of Town—, tenemos una buena legislación sobre protección de los sobrevivientes de la violencia doméstica, pero por la CPI estamos examinando la reforma de nuestra legislación sobre violación y ofensas sexuales contra las mujeres.”
La criminalización de la violencia sexual y de género fue contemplada en los tres tipos de crímenes que juzgará la CPI: genocidio, de lesa humanidad, y de guerra. Y entre los de lesa humanidad, el Estatuto instauró las figuras de violación, esclavitud sexual (propiedad o privación de libertad de una o más personas), prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada, otras formas de violencia sexual comparables, y persecución.
Acerca del tratamiento durante el juicio, Silvia Fernández señala los aspectos relevantes: se prohibió exigir corroboración de las pruebas de violencia sexual, es decir citar a un testigo para corroborar lo que dice la víctima porque no se cree su relato; no se puede usar como argumento de prueba la conducta sexual de la víctima anterior al crimen; se garantiza que en los equipos de investigación haya personas con formación en violencia sexual y niños, porque son los más experimentados para tratar a las víctimas e incluso para lograr que den su testimonio, cosa bastante difícil de lograr, como se está viendo en los Tribunales para Ruanda y la ex Yugoslavia; el fiscal deberá respetar los intereses y circunstancias especiales de víctimas y testigos, en particular en los casos de violencia sexual y violencia por razones de género; y en los juicios donde haya acusaciones de violencia sexual se podrá pedir que las audiencias sean cerradas.
Las juezas elegidas entre el 4 y 7 de febrero pasado para integrar la futura Corte Penal Internacional son Elizabeth Odio Benito, de Costa Rica; Sylvia Steiner, de Brasil; Maureen Harding Clark, de Irlanda; Fatoumata Dembele Diarra, de Mali; Akua Kuenyehia, de Ghana; Navanetem Pillay, de Sudáfrica; y Anita Usacka, de Letonia. De ellas, y de los restantes 11 jueces, las mujeres del mundo esperan justicia, sumidas aún en una ambivalencia que va de la esperanza a la expectativa atenta. El Estatuto de creación de la CPI la instala en un lugar único e inaugural para defender los derechos de las mujeres, pero como dicen las miembros delCaucus, “estos enormes logros están aún en el papel. La CPI promete poner fin a la cultura de la impunidad y fortalecer el Estado de Derecho en todo el mundo. Al mismo tiempo, es un nuevo patrón para responder a los crímenes contra las mujeres. Ahora depende de la comunidad mundial asegurarse de que los crímenes contra las mujeres no sean ignorados y que en los años venideros las mujeres sean una parte importante de los procesos de paz y justicia”. Si la esperanza fuese suficiente...

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