VIOLENCIAS De María Ovando se dijo de todo: que no atendió a su hija, que la abandonó y fue responsable de su muerte, que prefería trabajar a quedarse con sus chicos en la casa... Lo cierto es que María Ovando fue víctima de un Estado que nunca la tuvo en cuenta, de un marido golpeador, de un pueblo que la señaló como culpable, de la violencia penal que hoy quiere condenarla y del dolor de perder a una de sus 12 hijos en sus brazos. Mientras espera la resolución del tribunal que la juzga, distintas organizaciones reclaman su sobreseimiento definitivo.
› Por Roxana Sandá
“Vivir es un milagro en América latina.” La frase desprendida de un escrito de Raúl Zaffaroni fue tomada al vuelo por la abogada Roxana Rivas, que representa a María Ramona Ovando en el juicio por la muerte de uno de sus doce hijos. El abandono de persona de Carolina, de 3 años, agravado por el resultado de muerte y el vínculo filial, son los cargos que se le imputan en un tribunal penal de Misiones, donde se entremezclan fiscalía, funcionarios locales y testigos en un carnaval del ensañamiento, violencia institucional y persecución penal fundada en estereotipos de género. Al momento se presentaron cinco amicus curiae, advirtiendo la posibilidad de una denuncia contra el Estado argentino ante tribunales internacionales si se condenara a Ovando. Uno de los expedientes, elaborado por la Comisión sobre Temáticas de Género de la Defensoría General de la Nación, argumenta que el Estado, “que ha incumplido sus deberes primarios de garantía de los derechos básicos, como son la salud, la vida y la integridad de la niña Carolina, pretende ahora hacerse presente para sancionar con el derecho penal a María Ramona, su madre, una mujer sumida en la más profunda pobreza y con mínimos recursos para poder cambiar el destino de su familia”.
No es caprichosa la teoría del milagro que ensayó Rivas sobre el devenir de María. Mujer de 37 años, pobre, entregada de pequeña por su madre a otra mujer para la crianza, analfabeta, madre adolescente, desempleada, a cargo de doce criaturas entre las que se cuentan dos nietos, víctima de violencia física y verbal perpetrada por su pareja, Demetrio Godoy Ramírez, fallecido meses atrás, maltratador también de los niños y niñas que habitaban la casilla de 16 metros cuadrados sin agua caliente ni luz eléctrica, con una cocina y una letrina exterior por todo lujo en un monte de Colonia Mado. A partir de la prisión preventiva en el penal de Villa Lanús, en Posadas, la Justicia desmembró el grupo familiar, dando cuatro niños en guarda a la suegra de María, que ni siquiera es abuela paterna de dos de ellos. El día de la detención, en marzo de 2011, fue separada en forma permanente de su beba de entonces dos meses, pese a estar amamantándola.
Rivas y su compañero en la defensa, el abogado Eduardo Paredes, “estuvimos desde un principio dispuestos a llegar hasta la Corte Suprema de Justicia e incluso a los tribunales internacionales, de no lograr el sobreseimiento definitivo. María Ramona Ovando sufrió violencia institucional desde el momento mismo de la imputación. Nunca se investigaron las causas de la muerte de Carolina y no se le practicó autopsia con el argumento endeble de una avanzada descomposición del cuerpo. Pero además el Estado provincial, a través de sus funcionarios y promotores de salud, pese a que siempre tuvo conocimiento del grado de vulnerabilidad extrema que atravesaba esa familia, actuó con negligencia y desidia al no garantizar sus derechos humanos básicos”.
El juicio comenzó el lunes, con la declaración del médico Julio César Benítez, director del hospital de Colonia Delicia y uno de los funcionarios que conocieron de cerca la situación, “que tendría que haber salido esposado de la sala por la gravedad de sus dichos”, se indignó Rivas. “Porque fue uno de los que meses antes del fallecimiento de Carolina estuvo en contacto con la familia, y el lunes reconoció que cuatro de los niños presentaban un cuadro de desnutrición extrema, pero dijo que no se les brindó asistencia ¡porque en Misiones no existe un protocolo para asistir esos casos! Una mentira grosera cuando está en plena vigencia el Plan Hambre Cero, a través del cual se detectan este tipo de situaciones y se brinda asistencia alimentaria. Como las niñas y los niños no tenían documentos porque tampoco se les facilitó la tramitación pese a los reiterados pedidos de ayuda de María, tampoco pudieron acceder a ese plan. La única vez que el Estado provincial gestionó un documento que diera identidad a alguno de esos niños fue para labrar el certificado de defunción de Carolina.”
El amicus curiae firmado por Cecilia Mage y Héctor Copello, titulares de la Comisión sobre Temáticas de Género de la Defensoría, en sintonía con los planteos de otro escrito presentado por la Asociación Pensamiento Penal, desarrolla un análisis del rol del Estado frente a la realidad de pobreza extrema que atravesaban María Ramona y los suyos, al tiempo que señala “algunos sesgos de género en los que ha incurrido la investigación penal seguida contra la señora Ovando”.
Si bien la familia “recibía visitas de los integrantes del Centro de Atención Primaria de Salud 4 (Caps) de Delicia” –advierte el documento–, “nunca tuvo otro tipo de contención social y ayuda económica para paliar el estado de pobreza y marginalidad en que vivían: ni la Asignación Universal por Hijo (AUH) ni ningún otro subsidio provincial o municipal fueron un soporte con el que María Ramona pudiera contar para mejorar el estado de salud y alfabetización de sus niños/as o que le ayudara a tener una vivienda digna”.
Rivas dijo que “la situación de los hijos y las hijas no mejoró. No hubo un antes y un después de la detención. Siguen sin recibir ningún tipo de plan, si bien ahora, con la cobertura mediática, empezaron a preocuparse. El sobreseimiento es imprescindible no sólo por todas las irregularidades del proceso y porque la persona acusada es víctima de lo propio que se le acusa, sino porque la condena sentaría un precedente nefasto en la provincia. Significa abrir la puerta para que el poder punitivo recaiga sobre miles de madres pobres que son detenidas anualmente por abandono simple o agravado”.
Un capítulo de esta historia refleja ampliamente lo que sostiene Rivas: el juez de instrucción de Eldorado, Roberto Saldaña, a cargo del procesamiento de María, es el mismo que ordenó la detención de otra mujer, Librada Figueredo, en 2002, por considerar que no hizo nada para evitar que dos de sus cinco hijos murieran de desnutrición. Figueredo vivía en una situación de pobreza extrema y no recibía plan social alguno. “Por suerte, la fiscal Claudia Katok desistió de acusarla, reconociendo su estado de indigencia, y el tribunal dictó la absolución.”
En marzo de 2011, Carolina se quejaba de fuertes dolores abdominales. Su madre la cargó en brazos y salieron hacia la ruta, con la esperanza de que algún automovilista accediera a trasladarlas hasta el hospital más cercano. Las horas de espera y el agravamiento del estado de la pequeña le habrían provocado la muerte, hecho jamás comprobado porque durante el proceso no se ordenó la autopsia. Rivas dice que, “con una irresponsabilidad absoluta, los forenses afirmaron que la nena pudo haber muerto de una peritonitis. Al desconocer las causas del deceso, ni siquiera debería realizarse un juicio”. María enterró a su hija en un monte, a 500 metros de la casilla. Nunca denunció el fallecimiento por miedo a que su pareja la matara. Godoy Ramírez tenía un arma que no hacía mucho había utilizado en medio de una discusión disparándole al techo. Pero en el pueblo arrojaron sospechas sobre la ausencia de Carolina y finalmente la policía, denuncia mediante, halló el cuerpo.
Del último Encuentro de Mujeres que se realizó en Posadas surgió una campaña nacional en reclamo de la liberación inmediata y el sobreseimiento definitivo de María Ovando. “En ella podemos resumir el dolor de muchas madres que ven consumirse a sus hijos en el hambre y la miseria.” El petitorio de 20.000 firmas expone que “se invisibiliza y se encubren las responsabilidades del sistema de salud y demás dependencias del Estado que debieron evitar la muerte de la niña y garantizar el cumplimiento de los derechos humanos de la mujer y de todos sus hijos”. María y Demetrio picaban piedras para la cantera municipal de Colonia Delicia. Ella lo hizo estando embarazada, hasta horas antes del parto. “Al momento de la detención, estaba amamantando a su beba de dos meses, de la que fue separada”, denuncia el petitorio. Rivas precisó que desde el traslado al penal de Villa Lanús, entre abril y mayo de 2011, “sólo tuvo contacto con la familia en dos oportunidades. No le otorgaron la garantía constitucional de esperar el juicio en libertad porque, aunque no se pudo acreditar ninguna causa, temían que se escapara al Paraguay. La prisión preventiva actuó como una pena anticipada”.
El fiscal Federico Rodríguez fue quien hizo correr la presunción de una posible huida. También él subestimó la posibilidad de que la mujer, motu proprio, llevara a la niña al médico. “Esa criatura se iba a morir ahí. La dejó morir”, sentenció. La presentación de la Defensoría General de la Nación, a propósito, enfoca el sesgo estereotipado, sexista y discriminatorio con el que se condujo Rodríguez a la hora de imputarle el delito de “abandono de persona agravado por el vínculo” a María y excluyendo de la investigación a cualquier otra persona que pudo haber tenido incidencia en el desenlace final de Carolina. Se optó por no investigar las reales causas de la muerte, ni siquiera un posible abuso sexual, como se sugirió en algunos testimonios. “El proceso constituye un ejercicio discriminatorio del sistema de persecución penal en cuanto está fundado sobre nociones estereotipadas de las funciones propias de varones y mujeres (...). La investigación llevada a cabo hasta el momento denota la presencia de estereotipos de género y una acción punitiva hacia la conducta de María Ramona Ovando por haber sido lo que se considera una mala madre.” Toda la instrucción “está orientada a calificar las cualidades maternas de la señora Ovando, en lugar de investigar el hecho endilgado o si había otras personas que pudieran tener comprometida su responsabilidad penal”. En ningún momento se indagó sobre la posible responsabilidad de Godoy Ramírez por la comisión del delito de omisión de auxilio a la niña, “sino más bien a conocer las cualidades de la acusada en su rol materno”.
El documento concluye que “sostener el pedido de elevación a juicio en tales testimonios (como hizo el fiscal sin ningún tipo de valoración o salvedad sobre estos aspectos) constituye una vulneración al derecho a un juicio imparcial y justo, pues el proceso se encuentra impregnado de estereotipos sexistas” que el Estado se comprometió a erradicar. “Este tipo de actuaciones vulnera el principio de igualdad y no discriminación, que obliga a los operadores judiciales, y en particular a los jueces, a adoptar sus decisiones de manera imparcial, aplicando la ley libre de preconceptos basados en prejuicios sobre el sexo, lo sexual o nociones estereotipadas sobre los roles sexuales.”
Alrededor del caso se fueron ramificando discursos nocivos “del tipo ‘la pobreza no justifica el abandono de los hijos’”, señaló la abogada. “Desde el Ministerio de Derechos Humanos provincial se presentaron informes lapidarios sobre la vulnerabilidad y la pobreza de esa familia. Sin embargo, la culpa la sigue teniendo la madre.” Al coro se fueron sumando voces supuestamente autorizadas que ampliaron la galería de conceptos “sin ningún fundamento. Por ejemplo, a María se la acusa de dejar solos a sus hijos durante horas porque salía. Las salidas eran ir a trabajar a la cantera, y en negro, por supuesto”.
La tarea de impregnar de buena parte de los prejuicios de género el rol de las madres en el cuidado y crianza de su prole quedó en manos de dos promotoras de salud que visitaban a la familia y testimoniaron en el juicio. Marlene Pinto comentó que como cerca del domicilio de María funcionaba un comedor y que la Municipalidad también brindaba ayuda social, “los chicos que tienen bajo peso en Delicia es sólo por falta de cuidado de las madres”. La otra promotora, Francisca González Cristaldo, manifestó que en esa casa “nos encontrábamos con un cuadro de chicos abandonados, o sea que la madre no se ocupa de los chicos”.
En el departamento de Eldorado, entre el 20,4 por ciento y el 30,4 por ciento de niños, niñas y adolescentes viven en hogares con necesidades básicas insatisfechas, según estudios de Unicef Argentina. Esto implica que uno de cada cuatro chicos y chicas subsiste en esta realidad. La carencia de la región tampoco es un hecho aislado. Se da, de acuerdo con el informe de la Defensoría, “en un contexto provincial signado por la pobreza. En Misiones existe uno de los mayores índices de pobreza e indigencia nacional. En la región nordeste de nuestro país, según datos actualizados del Indec, en 2011 se determinó que más del 12 por ciento de las personas son pobres y el 1 por ciento de las personas son indigentes”. La mortalidad infantil “azota con dureza a los niños/as menores de 5 años: en Misiones, para el año 2007, el índice era de 14,6 por ciento por mil nacimientos de niños vivos. Esto significa que cada 1000 niños nacidos con vida, mueren 146. En 2011 esa pauta ha disminuido al 12 por ciento. En el departamento de Eldorado este mismo índice se incrementaba al 17 por ciento. La población infantil sufre desnutrición, teniendo los niveles de incidencia más graves y preocupantes de todo el país”.
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