Sábado, 13 de octubre de 2012 | Hoy
Por Gerardo Gomez Coronado *
Participar del XV Congreso Iberoamericano de Urbanismo en Medellín me dio la oportunidad de compartir una experiencia enriquecedora y vivificante que excedió el útil y necesario aprendizaje e intercambio de conocimientos que se da en este tipo de Congresos. Fue gratificante escuchar a Jordi Borja –abogado, urbanista, ex alcalde de Barcelona, intelectual crítico del posmodernismo e innumerables etcéteras– refrescándonos su postulado del “Derecho a la Ciudad”. Esa doctrina fue receptada por nuestra Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires porque entiende el planeamiento como una decisión político intelectual y al urbanismo como la propensión a establecer un orden en el territorio para brindar bienes y servicios para todos.
Teniendo este marco teórico como referencia, uno pudo apreciar mejor la disertación del arquitecto Jorge Pérez Jaramillo, el secretario de Planeamiento de Medellín, sobre la experiencia de su ciudad, capital del Departamento (provincia) de Antioquia y eje de un área metropolitana que abarca todo el Valle de Arrulla. Para envidia de los oyentes y particularmente de los argentinos, el funcionario “paisa” (tal como llaman allí a los antioqueños) nos explicó cómo a partir de la sanción de la Ley de Desarrollo Territorial, muy similar a nuestra Ley de Plan Urbano Ambiental, se estableció un plan de ordenamiento territorial que se convirtió en una auténtica política de Estado para todas las gestiones que se sucedieron desde entonces.
Si bien ni la planificación estratégica ni la elaboración de un plan regulador son pautas originales de la experiencia antioqueña y las podemos ver reproducidas en innumerables ciudades latinoamericanas, incluidas nuestras Buenos Aires o Rosario, hay al menos tres cuestiones que llaman notoriamente la atención por su contraste con la experiencia porteña:
- Lo estipulado en el plan no es un simple marco de referencia genérico que el Ejecutivo intenta en el mejor de los casos “no infringir”, como ocurre en Buenos Aires, sino un verdadero plan de gobierno.
- El accionar coordinado entre las distintas jurisdicciones: alcaldía, provincia y nación a lo largo de varios lustros, a pesar de pertenecer a signos políticos distintos. En Medellín gobierna desde hace varias gestiones un partido de centroizquierda de raigambre vecinalista que convivió con gobiernos nacionales conservadores, liberales y populistas de derecha. Huelgan las palabras sobre lo que ocurre en nuestros pagos. Salvo excepciones como la feliz idea que tuvieron la doctora Pierini y el doctor Bonicato como defensores del Pueblo de la Ciudad y la Provincia que crearon un ámbito de discusión y consensos para el área metropolitana, y las reuniones que en igual sentido, pero involucrando actores no estatales, está implementando el Consejo Económico y Social por iniciativa de su presidente Sergio Abrevaya, en nuestro medio se vislumbra cierta resignación frente a los inconvenientes que plantea la interjurisdiccionalidad.
- El carácter netamente participativo de los proyectos. El Ejecutivo baja a los barrios y comunas de Medellín a dialogar y consensuar con los vecinos las obras o proyectos que se quieren hacer basados en el Plan regulador. Una vez acordado a nivel vecinal, se convoca a las áreas técnicas del Gobierno y de acuerdo con la magnitud del emprendimiento a la Facultad de Arquitectura, para que realicen el proyecto. Este se vuelve a someter a audiencias públicas para evaluar su impacto ambiental. Es decir: las áreas técnicas ejecutan y les dan forma a las ideas y proyectos consensuados con los vecinos, y no al revés como ocurre en nuestra ciudad, donde se somete a audiencias públicas (obligados por la Ley 123) proyectos acordados entre funcionarios y empresas contratistas para mitigar los efectos colaterales de la construcción.
Sobre este último punto, vale aportar unos datos adicionales. Los estudios de arquitectura de Medellín se jactan de estar acaparando la mayor parte de los premios de Colombia y de la región, siendo la mayoría sobre edificios, equipamiento y espacios públicos. Tanto las cátedras de las facultades de arquitectura estatal y privada, como la Sociedad Central de Arquitectos, se muestran orgullosos de participar de estos emprendimientos participativos donde el “verdadero cliente” no es el funcionario que contrata la obra, sino la asamblea de vecinos que a nivel comunal acuerda el emprendimiento.
Seguramente que a esta altura del relato muchos de los lectores deberán estar sintiendo una sana envidia por esta forma de gestionar, e inclusive deberán estar reflexionando “algo así debe ser la promocionada Democracia Participativa que propone el artículo 1º de la Constitución de la Ciudad”. Obviamente que Medellín tiene muchas cuentas pendientes y muchos desafíos por delante, como la protección del patrimonio edificado, recién ahora entrando en la agenda). Pero ver el nivel de desarrollo urbano sostenible e inclusivo que esta ciudad ha logrado implementar, cuando hasta hace menos de una década gran parte de sus barrios estaban literalmente en manos de carteles de la droga, de milicias guerrilleras o de grupos paramilitares, nos torna mucho menos indulgentes con nosotros mismos a la hora de construir de forma participativa la ciudad integrada, plural, policéntrica, saludable y diversa a la que nos compromete nuestro mentado Plan Urbano Ambiental.
* Defensor adjunto del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires.
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