La valiosa ONG local logró un amparo clarísimo de la Justicia frenando un hecho consumado y poniendo fin al truco institucional del intendente local para que se demuela el patrimonio.
› Por Sergio Kiernan
Hay una vieja frase, no muy creíble por estos pagos, que dice que el brazo de la ley es largo, largo. Pero cada tanto pasa algo que alienta a superar el cinismo, y es lo que acaba de pasar en Goya, la segunda ciudad de la orgullosa provincia de Corrientes. Un juez aceptó el amparo de la ONG Proyecto Goya y emitió un fallo tajante frenando una obra en el casco histórico, y le puso un parate al truquito institucional del intendente local para que los especuladores se carguen un área tan valiosa que el Senado nacional votó protegerla por unanimidad.
La primera victoria judicial de Proyecto Goya vino de la mano del juez Jorge Urresti, que le ordenó al Ejecutivo municipal suspender la modificación de la fachada de la vieja residencia del Banco de Corrientes. La foto en blanco y negro de la tapa explica el lugar: en la esquina se ve el banco, destruido hace años en otro ataque de modernidad falluta. Luego viene el frente y la reja del jardín de la vivienda del director de la sucursal Goya. Luego la casa parroquial y el noble volumen de la catedral local. Como se entiende, esta obra amenaza la integridad de la cuadra histórica de la ciudad.
La residencia había sido vaciada en el habitual procedimiento de demoler de adentro para afuera, de modo de crear un hecho consumado. Según Proyecto Goya, la demolición le pasó por delante al intendente Ignacio Osella, un radical afín al PRO, en particular en su blandura con la piqueta. Frente a sus narices, el Banco de Corrientes mandó a demoler la residencia, como ya había demolido el banco en sí, sin molestarse en pedir permiso de obra. Tal vez sospechando que nunca se autorizaría por derechas la demolición, el arquitecto Hugo Fagetti –el mismo que se cargó la escuela donde enseñaba Camila O’Gorman en el mismo casco histórico para hacer un edificio de departamentos perfectamente olvidable– arrancó de adentro para afuera.
Cuando quedaban las paredes exteriores estalló un escándalo local y Osella se vio obligado a clausurar la obra. Pero Fagetti simplemente pagó una multa, presentó planos y, cosa increíble, obtuvo un permiso de obra sin pasar por la comisión de patrimonio. El trámite, de hecho, fue rapidísimo, una cortesía para el banco que quiere ampliar las oficinas del feo edificio lindero, en la esquina.
Fue entonces que Proyecto Goya pleiteó acusando que se había violado la Ley 5067 de impacto ambiental y la ordenanza 1663, que ordena un trámite especial para los edificios anteriores a 1930. Este trámite indica que toda modificación a este patrimonio con fecha fija tiene que ser autorizada por la Comisión de Patrimonio del municipio. Pero esta comisión no se reúne hace tiempo porque Proyecto Goya logró ser parte, algo que Osella no acepta: la comisión duerme el sueño de los injustos, cajoneada por el intendente macrista. De ahí que la ONG recurriera a la Justicia.
El juez Urresti fue clarísimo: “Teniendo en cuenta el peligro en la demora y principalmente la irreparabilidad del daño que pudiera causarles, porque impediría volver atrás lo demolido, ya que con los materiales de construcción actuales podrían copiarse las formas, pero su valor cultural no sería el mismo, corresponde hacer lugar parcialmente a la medida solicitada”. En consecuencia, “resuelvo (...) ordenar al Departamento Ejecutivo Municipal y a la empresa constructora que está realizando la obra de referencia la suspensión provisoria de la modificación de la fachada del edificio”.
El frente, lo único que queda del edificio, está en el centro de la cuestión y por eso Proyecto Goya pidió que “se vuelvan a abrir los vanos originales tapiados y se restituya el predio con sus construcciones y bienes: puertas, ventanas, pisos, rejas, parque, aljibe, árboles, etc., a su condición original a costa de su propietario, conforme lo dispone la Ordenanza 1663 en su art. 6”. El juez entendió que justamente “resulta necesario seguir el procedimiento establecido en la ordenanza municipal 1663 para conservar edificios y sus fachadas cuya construcción fuere anterior al año 1930”.
La ordenanza establece que son de “interés arquitectónico, histórico y cultural-artístico” y parte del patrimonio cultural de la ciudad los inmuebles anteriores a esa fecha. La protección, genérica, es preventiva y, según entendió el juez, “exige que la Comisión Municipal de Asesoramiento del Patrimonio Cultural produzca un dictamen técnico particular para determinar su afectación definitiva al patrimonio”, argumenta el juez.
Es exactamente lo que el banco, el arquitecto y el intendente buscaron evitar con el galerazo. Es que resulta difícil que ganen por derechas un fallo que permita arrasar el edificio y el jardín. Es que, según los registros históricos, hace casi dos siglos que hay un jardín en ese lugar. El lugar figura en el plano que realizó Tomás Mazzanti en 1850 y en una acuarela de época. De hecho, el jardín es el entorno tradicional de la catedral y le pertenecía en el siglo XIX.
Tanto cariño a la piqueta le está complicando la vida al intendente Osella, que es uno de tantos políticos que no vieron venir la temática patrimonial y siguieron con un “business as usual” peligroso. Osella y su director de Obras están denunciados por incumplimiento de los deberes de funcionario público, acusados de haber permitido el avance de una obra que no contaba con los permisos correspondientes. El banco correntino puede también terminar pagando una cuenta de las altas, porque la Ordenanza 1663 ordena que “si por incumplimiento de la presente ordenanza el Departamento Ejecutivo municipal encontrare que ha sido afectado el valor histórico o artístico de un inmueble incluido dentro del art 1º, el infractor deberá restaurar a su costo el edificio, llevando la obra a su situación anterior”.
Y todo por la falta de imaginación de reciclar un edificio literalmente insustituible para hacer oficinas, como se hace en tantos otros pueblos y ciudades de este país. Proyecto Goya afirmó con entusiasmo justificado que éste es un fallo histórico que frena la impunidad de las constructoras y del intendente.
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