Sábado, 6 de diciembre de 2008 | Hoy
SANTA FE › SEIS PRESOS FUERON CONDENADOS A PRISIóN PERPETUA
Salió el fallo por la masacre de la cárcel de Coronda que le costó la vida a catorce presos de Rosario, el 11 de abril de 2005. El juez Mauricio Frois (Crimen 4ª) condenó a nueve de los quince santafesinos imputados por los crímenes: a seis de ellos, con la pena máxima de prisión perpetua por "el homicidio calificado por alevosía" y en banda de catorce personas y a los otros tres, a diez años de prisión por "privación ilegal de la libertad agravada", según trascendió en fuentes de Tribunales. Los otros seis fueron absueltos y el magistrado dispuso su libertad bajo caución, pero dos seguirán presos por otros delitos. La sentencia no está firme y podría ser apelada por el fiscal Carlos Romero que había pedido perpetua para todos acusados sin distinciones o por los abogados defensores que plantearon la inocencia de sus defendidos y pretendían que se los libere de culpa y cargo.
Las condenas del juez Frois distinguen tres grados de responsabilidad por los asesinatos en serie:
* Pena máxima de prisión perpetua para los internos Oscar Gutiérrez, Luis Romero, Carlos Aranda, Ariel Rojas, Rodrigo Romero y Juan Pablo Massa, a quienes el magistrado consideró "coautores de los delitos de privación ilegítima de la libertad coaccionante agravada por haberse logrado el propósito y homicidio calificado por alevosía y el concurso premeditado de dos o más personas reiterado en catorce oportunidades en concurso real".
* Diez años de prisión para Rafael Lemaire, Juan Pablo Cantero y Marcelo Enrique por ser "coautores penalmente responsables de los delitos de privación ilegítima de la libertad coaccionante agravada por haberse logrado el propósito".
* Absolución para Gastón Stromayer, Cristian Daperno, José Ramón Reyes, Diego Ifrán, José Ifrán y Walter Meneghini, a quienes el juez exculpó en la causa y dispuso su libertad bajo caución juratoria, aunque dos de ellos seguirán presos por otros delitos.
En su resolución, el doctor Frois valoró de distinta manera las declaraciones en la causa de los agentes del Servicio Penitenciario que estaban de guardia en la cárcel de Coronda aquella madrugada fatídica y la indagatoria de los internos que no están obligados a decir la verdad. El juez consideró que los dichos de los penitenciarios "tienen mayor entidad que las manifestaciones de los reclusos" porque a su criterio "los internos podrían haber asumido una actitud mendaz para favorecer y encubrir o para incriminar falsamente a otros compañeros de celda", dijo una fuente con acceso a la causa citada por el diario Uno.
Frois ponderó también que "la disputa o la amistad entre los reclusos pudo haber llevado a los testigos de los hechos acontecidos en abril de 2005 a no decir la verdad para beneficiar a algunos protagonistas y perjudicar a otros".
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