SANTA FE › FALLO DE LA JUSTICIA PROVINCIAL CONDENó A MUNICIPIO DE SAN LORENZO
El fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Rosario favorece a Pedro Rodríguez, ex diputado provincial y ex concejal de San Lorenzo removido del cargo en febrero de 2005. Se rechazó el pedido para que lo repusieran en el cargo.
La justicia provincial condenó a la Municipalidad de San Lorenzo a pagarle el sueldo a un ex concejal que fue removido de su cargo tras ser detenido y procesado por un juez federal por su presunta participación en delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura, pero en cambio rechazó su pedido para que lo repusieran en el cargo. El fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Rosario favorece a Pedro Alberto "Pili" Rodríguez, un ex diputado provincial y ex concejal de San Lorenzo removido de este último cargo en febrero de 2005, meses después de que fuera detenido por orden del por entonces juez federal Omar Digerónimo.
Al ser detenido y procesado, en 2004, Rodríguez pidió licencia en el Concejo Municipal de San Lorenzo, pero el cuerpo se la denegó y en cambio resolvió removerlo del cargo con el voto de seis ediles contra uno en contra.
Rodríguez planteó entonces un recurso ante la justicia en el que cuestionó esta decisión, entre otros argumentos porque el procesamiento no constituía una condena firme de la justicia, y no sólo pidió que le abonaran los salarios que dejó de percibir entre febrero y diciembre de 2005, cuando hubiese vencido su mandato, sino también que lo repusiera en su banca.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo le dio la razón en el primer reclamo, pero denegó el segundo. Por eso condenó al municipio sanlorencino a liquidarle los salarios no cobrados, con intereses. El fallo fue conocido por los camaristas Clara Rescia de la Horra, Alejandro Dalmacio Andrada y Edgar Baracat.
El 23 de junio de 2004 Rodríguez junto a los militares Rubén Cervera y Horacio Maderna (intendente y secretario de goberno de facto) fueron procesados por privación ilegítima de la libertad seguida de amenazas y tormentos, a partir de la acusación de Manuel Casado y Carlos Avalos.
El 29 de junio de 2004, se dispuso la remoción de su cargo. Según contestó la justicia federal al pedido de informes del Concejo, el edil se encontraba entonces detenido judicialmente, imputado, y privado de su libertad, a disposición del Juzgado de Instrucción Federal Nº 4 de Rosario.
El testimonio más contundente contra Rodríguez es el de Manuel Casado, que es la víctima de la causa judicial por la cual sigue procesado. El expediente tuvo entre las medidas más relevantes un careo entre ambos realizado el 4 de junio de 2004, estando detenido. Durante el careo Casado recordó que había visto a Rodríguez en tres oportunidades. "La primera vez fue en la municipalidad, cuando estaba tirado en el piso y me golpeaba el cabo primero Pintos. Entonces llegó Rodríguez junto a (Rubén) Cervera y (Horacio) Maderna. Yo le pedí por mí, y le dije que no tenía nada que ver con lo que me decían, y él me contestó: 'Esta es la última, de ésta no te salvás'. Esto fue el 25 de marzo de 1976. La segunda vez fue en el Batallón 121, dos o tres días después y la tercera vez en el altillo de la Jefatura", recordó Casado en su testimonio.
Pero el fallo que se conoció ayer recoge lo dicho por "el Tribunal Electoral de la Provincia, en pronunciamiento del 22 de junio de 2007: Rodríguez no revestía a la fecha la condición de 'condenado' en los términos del inciso 3º de la ley 4990 al no mediar ni siquiera condena en primera instancia por los delitos por los que fuera procesado".
Los camaristas condenaron así a la Municipalidad de San Lorenzo a pagar a Rodríguez en un plazo no mayor de treinta días, las remuneraciones no percibidas entre el 25 de febrero y diciembre de 2005 con más intereses. Tambien decidió imponer las costas en un 50 % para cada parte.
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