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Miércoles, 7 de octubre de 2009

SANTA FE › LA CáMARA DEJó FIRME LA SENTENCIA CONTRA JUAN PABLO CARRASCAL

Día de Justicia para Daniela

Se confirmó la prisión perpetua para el asesino de la docente de Correa. El fallo señala la participación de otras personas.

La condena a prisión perpetua de Juan Pablo Carrascal por el asesinato de la docente Daniela Spárvoli fue confirmada ayer por la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario, integrada por Ernesto Pangia, Otto Crippa García y Rubén Darío Jukic. Además, los magistrados consideraron que subyace en la investigación la participación de otras personas en el crimen. Con este fallo, quedaron firmes las acusaciones de abuso sexual con acceso carnal, homicidio calificado y robo calificado por el uso de arma de fuego en concurso real. El asesinato ocurrió el 12 de mayo de 2003 en un camino rural cercano a la localidad de Correa, cuando Daniela volvía de dar clases en una escuela rural cercana a Villa Eloísa.

El autor del homicidio también fue condenado a pagar la suma de 400 mil pesos a la madre de la víctima, Marta Ferreyra, y la misma cifra al esposo de Daniela, Ariel Sade, en ambos casos por daño emergente y daño moral. "Sentimos mucha alegría porque estábamos esperando una cosa así, y estaba segura de que iba a ratificarse la condena", indicó Ferreyra a Rosario/12.

En tanto, no está establecido si participaron más personas en el asesinato de la docente, situación que continúa investigando el juzgado de Cañada de Gómez. En este sentido, los integrantes de la Sala I de la Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario sostuvieron que "la idea que subyace en la investigación y el juicio es que otra u otras personas junto a Carrascal ejercieron y abusaron y/o contribuyeron con él en el ilícito, participación que está investigando la justicia de Cañada de Gómez".

De todas maneras, Crippa García señaló que esta situación "deja cierto sabor amargo en este Tribunal, por cuanto implica que de ser así hay una persona que está libre en su movilidad y desenvolvimiento, circunstancia que apareja que alguien no tiene el debido juzgamiento y castigo, y al mismo tiempo, que ese sujeto puede representar un riesgo social, si así fuera".

En el interrogatorio sumario, Carrascal había involucrado a Carlos Formia, el padre de su ex concubina, al declarar que viajaba junto a él en la camioneta Renault Express color azul, y que ambos mantuvieron relaciones con ella contra su voluntad. Luego, en la declaración indagatoria, Carrascal dijo que involucró a su "ex suegro" por "bronca", pero que el delito lo cometió solo.

En relación a la participación de otra persona en el crimen de su hija, Ferreyra dijo que "todavía no tenemos conocimiento de nada, pero estamos seguros que llegará el momento en que se va a descubrir todo; muy especialmente ahora, que este individuo se enteró de la ratificación de la sentencia, y se le va a dar por hablar y decir quién es su cómplice. Tengo esperanza de que el crimen de mi hija quedará totalmente esclarecido con la verdad".

La defensa de Carrascal había apelado el fallo condenatorio del Juez de Sentencia Nº 6 de Rosario, Julio García, cuestionando, entre otras cosas, el tiempo transcurrido entre el hecho y los actos que motivaron la obtención de relevantes pruebas de cargo, que a la postre comprometieron al acusado, cuestionamiento que involucra tanto al interrogatorio sumario como a la confesión posterior ante la Jueza en lo Penal de Instrucción de Cañada de Gómez.

Sin embargo, para los magistrados de la Cámara penal nada deja entrever que ambos actos, fundamentalmente la confesión en su indagatoria, no hayan sido actos voluntarios y libres. Agregaron los jueces de la Sala I: "Repárese que Carrascal siempre que depuso excepto en la última ante esta Cámara admitió la violación y la muerte brindando detalles similares en lo sustancial del suceso, y en lo atinente a su conducta, sus dichos lucen respaldados decisivamente por pautas objetivas y subjetivas".

Los camaristas dispusieron además que quede firme la condena a Carrascal por el delito de robo calificado por el uso de arma de fuego en concurso real, por el hecho ocurrido el 15 de agosto de 2006 en Las Parejas, cuando les robó a Lucía del Carmen Torres y Nelson Branchessi 3.800 pesos para escapar a la ciudad mendocina de General Alvear, lugar donde fue detenido.

Por su parte, Ferreyra sostuvo que "la verdad es la que triunfa. Si durante 40 meses hemos estado con marchas, pidiendo esclarecimiento y justicia, siempre fuimos con la verdad. En cambio, este asesino que está preso, se manejó siempre con la mentira, asesorado por abogados con mentiras, y al final la mentira cayó".

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Marta Ferreyra se mostró contenta con la ratificación de condena.
 
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