Mar 29.12.2009
rosario

SANTA FE › ANULAN LA JUBILACIóN DE 20.900 PESOS QUE COBRABA EX MINISTRO DE LA CORTE

Una resolución que tendrá coletazos

En una resolución fundada a la que tuvo acceso Rosario/12, la titular de laCaja de Jubilaciones anuló el beneficio porque no se aplicaron correctamente las prorratas por edad y servicios a las cajas que aportó Vigo.

› Por Juan Carlos Tizziani

La directora de la Caja de Jubilaciones de la provincia, Alicia Berzero, se despachó con una resolución que tendrá coletazos institucionales. Anuló una jubilación de 20.900 pesos que cobraba el ex ministro de la Corte Suprema de Justicia, Rodolfo Vigo, porque el magistrado accedió al beneficio en 2007 sin cumplir con los requisitos legales, entre ellos la edad: tenía 62 años y le faltaban tres de aportes. Dispuso que el ex juez devuelva la plata cuando la medida quede firme. Y reveló las maniobras que se hicieron en el expediente, que no sólo salpican al ex juez, sino que involucran también al prosecretario administrativo de la Corte, Marcelo G. Esquivel, a quien acusó de "una certificación posdatada" de la firma de Vigo y recomendó sacar copias del trámite y enviarlas al Ministerio Público para que se inicie una causa judicial. Lo llamativo es que Esquivel fue sorteado para actuar como secretario de la Corte durante la próxima feria de enero.

En una resolución fundada de 15 fojas y 35 considerandos a la que tuvo acceso Rosario/12, Berzero anuló la jubilación de Vigo porque no se aplicaron correctamente las prorratas por edad y servicios a las cajas que aportó el ex ministro de la Corte: Anses (más de 30 años), Municipalidad de Santa Fe (13 años), Caja de Abogados (dos años) y la Caja de la provincia (22 años).

Ya el año pasado, un dictamen del secretario de Seguridad Social de la Nación, Walter Arrighi, había advertido que Vigo accedió a la jubilación durante el gobierno de Jorge Obeid con una "incorrecta determinación de las proporciones a cargo de cada caja o instituto" al que aportó el ex magistrado en su historia laboral. La provincia pagaba el 92,78 por ciento de la jubilación y la Caja de Abogados el 7,22 por ciento restante. Cuando, según el prorrateo que sugería Arrighi, la provincia debería pagar sólo el 33,53 por ciento y el resto lo tendrían que aportar los otros regímenes: Anses (43,79 por ciento), la Caja Municipal de Santa Fe (19,13 por ciento) y la Caja de Abogados (3,15 por ciento). La diferencia no es menor: en Santa Fe las jubilaciones provinciales no tienen techo, mientras el haber máximo de la jubilación nacional ronda los 4.300 pesos.

"La caja provincial resulta sensiblemente perjudicada", dijo Berzero. Y explicó por qué.

* "Carga con una prestación que no le corresponde".

* "Paga un porcentaje del haber superior al legal".

* Determina "el haber teórico del doctor Vigo con años en los que éste no fue magistrado (los correspondientes a los servicios municipales y nacionales) y sobre ellos les aplica el porcentaje del artículo 11 de la ley 6915".

* Y suma "sueldos docentes del sistema nacional por los que (Vigo) no ha recibido aportes y contribuciones".

"Las nulidades y perjuicios fueron productos de actos y no consecuencias de causas extravoluntarias. Los actos y conductas no se agotan en el mero accionar sino que tienen una finalidad o intención del actuante", agregó la funcionaria.

Según Berzero, Vigo sabía que por "la mayor cantidad de años de servicios" en la docencia nacional le correspondía jubilarse en la Anses. Pero optó por hacerlo en la provincia. "Esta conducta es decidida, elegida y producto de una elaboración conciente con conocimiento de los factores que posibilitaban el objetivo, de manera que aquí tomaron parte tanto la voluntad como el conocimiento del doctor Vigo sobre las consecuencias de los actos", precisó.

Berzero reveló también una serie de hechos. El expediente de la jubilación de Vigo se inició el 23 de octubre de 2006. Pero no ingresó a la Caja de Jubilaciones por la Mesa de Entradas como ocurre con los demás trámites , sino que "se presentó directamente en la Dirección de la Caja (por entonces, a cargo de Humberto Giobergia), como consta en los sellos de recibido".

Pero hay más. Berzero dijo que la "certificación de la firma (de Vigo) en el formulario presentado ante la Caja está fechada el 28 de diciembre de 2006", dos meses después del ingreso en la Caja. Una "irregularidad que llama la atención porque la presentación sólo es aceptada con la firma certificada, extremo que según constancias no ocurrió. "Dicha anomalía" demuestra que "desde el inicio, el trámite del expediente tuvo ciertas alteraciones que no pueden explicarse si no es por alguna diligencia oficiosa fuera de lo común, de la que fue participante beneficiado el doctor Vigo".

La directora de la Caja identificó también al autor de la "certificación posdatada" de la firma de Vigo: "el señor Marcelo Esquivel, prosecretario administrativo de la Corte Suprema de Justicia, funcionario que, como se verá, más adelante, tendrá una nueva actuación en la gestión del beneficio" (sic). Por lo tanto, agregó Berzero "corresponde que se extraigan copias para que se envíen al Ministerio Público para lo que pudiera corresponder".

"La otra actuación" de Esquivel que mencionó Berzero ocurrió seis meses después, el 29 de junio de 2007, y quedó acreditada en la foja 51 del expediente, donde "consta la entrega de las actuaciones a una persona sin 'poder o representación' para hacerlo, lo que demuestra una franquicia sólo explicable por alguna influencia, con la coincidencia que esa persona parece ser la misma, Marcelo G. Esquivel, prosecretario administrativo de la Corte que certificó la firma del doctor Vigo".

A la luz de las "irregularidades del expediente administrativo, no se puede alegar que el compareciente (Vigo) no tenía conocimiento y conciencia de estas anomalías y que la finalidad era captar la Caja provincial alterando la aplicación de los distintos regímenes de reciprocidad. No se puede argumentar que no se era conciente de tal situación y que el supuesto beneficiario tenía una figuración meramente pasiva, o sea, ni participante ni protagonista. El supuesto beneficiario no podía ser ajeno al artificio", concluyó Berzero.

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