Sábado, 9 de julio de 2016 | Hoy
SANTA FE › JOSé LOFIEGO SEGUIRá EN MARCOS PAZ PORQUE IAPOS NO GARANTIZA UNA BUENA ATENCIóN
El torturador del centro clandestino de detención Servicio de Informaciones había obtenido la detención domiciliaria en abril, pero ahora el Tribunal consideró insuficientes los servicios que dará la obra social en su casa.
El jefe de la tortura en el centro clandestino de detención Servicio de Informaciones en la última dictadura cívico militar, José Rubén Lofiego continuará preso en Marcos Paz por decisión del Tribunal Oral Federal Número 2 de Rosario. Este Tribunal había otorgado la prisión domiciliaria al represor en abril, a pedido de la defensa, para que quedara detenido en su casa. Pero las respuestas brindadas por la obra social Iapos dieron vuelta la decisión, al considerar que la asistencia que podría recibir el condenado en su domicilio no resulta acorde a las exigencias de sus patologías.
La detención domiciliaria había sido pedida por el defensor oficial Enrique Comellas y concedida en abril pasado. Después de la resolución, la defensa pidió que se hiciera efectivo el traslado del represor a su vivienda. Sin embargo, los servicios que presta la obra social estatal Iapos resultaron insuficientes, a juicio del Tribunal. "En fecha 10 de junio del corriente año, el doctor Comellas informó que las prestaciones domiciliarias autorizadas por Iapos son mensuales", recoge la resolución de esta semana. "En tal sentido, especificó que los servicios que cubre esa obra social comprenden: 1) Kinesiología, tres veces por semana; 2) Control de enfermería tres veces por semana; 3) Control médico programado a efectuarse cada quince días".
La respuesta no amedrentó al defensor, quien informó al Tribunal que "el entorno familiar de Lo Fiego tomaría los recaudos necesarios para afrontar las necesidades de su asistido". Con esos datos en el expediente, el Fiscal General de la Unidad de Derechos Humanos, Adolfo Villate, manifestó que el pedido debía ser rechazado.
Para el tribunal, de las constancias aportadas por el defensor del represor apodado "El Ciego" o "Menguele" "no surge la modalidad en que se llevarían a cabo las prestaciones domiciliarias autorizadas, como así tampoco la carga horaria del control de enfermería".
Los jueces entendieron que "no resulta suficiente un control de enfermería tres veces por semana" ya que "ese servicio descripto no se condice con las necesidades que deben garantizarse al encartado Lo Fiego, según pericia del Cuerpo Médico Forense" de la Corte.
"Es indispensable -fallaron los jueces- que Iapos brinde al imputado un servicio de internación que provea una atención permanente por terceros que permita asistir a Lo Fiego en su vida diaria".
"Ello implica, entre otras, el suministro regular de la medicación prescripta y la ayuda en su higienización debido a su reducida movilidad", agregaron, para remarcar que "el entorno familiar de Lo Fiego, es decir, la esposa del encartado, en razón de su discapacidad, no se encuentra en condiciones de asistirlo".
Lofiego cumple una pena de prisión perpetua que está firme por fallo de Casación, en la causa Díaz Bessone, más conocida como Feced 1. Allí se lo condenó por homicidio, tormentos, privación ilegítima de la libertad agravados. Dos años después, sumó una condena a doce años en la segunda parte de esa causa, por delitos cometidos contra otras víctimas. Lofiego tiene 66 años.
"Más allá de considerar improcedente la detención domiciliaria dispuesta en relación al condenado, motivo por el cual recurrió en casación la resolución, evaluamos que el Tribunal actuó con buen criterio a la hora de no efectivizar dicha modalidad de detención, hasta tanto se encuentre asegurada la debida atención de salud en su domicilio particular", expresó Villate y sostuvo que "ninguna de estas circunstancias se encuentra cumplida, por lo que es claro que un mejor cuidado se encuentra garantizado en el centro de detención donde cumple su condena actualmente que es la Unidad Médico Asistencial del Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz".
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