Martes, 19 de junio de 2007 | Hoy
El fiscal de la Cámara Federal le devolvió el expediente
porque debe ser el magistrado el que defina primero si fue
"delito de lesa humanidad" el asesinato del coronel en 1974.
Por José Maggi
El fiscal general de la Cámara Federal de Rosario, Claudio Palacín, rehusó pronunciarse acerca de si el caso del coronel Argentino Larrabure secuestrado y asesinado por el Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) ocurrido en 1974 fue un "delito de lesa humanidad" sin que antes lo haga el juez de instrucción. El propio fiscal explicó a Rosario/12 que devolvió el expediente al juez federal Germán Sutter Schneider porque "corresponde que se exprese si considera que el caso era un delito común ya prescripto o si era un crímen de lesa humanidad. Y hasta ahora no lo hizo".
Las idas y vueltas se produjeron en torno a la causa judicial por el crimen de Larrabure, secuestrado por el ERP el 11 de agosto de 1974 durante el asalto a la fábrica militar de Villa María, Córdoba. En febrero pasado el hijo del militar se presentó en el juzgado federal 4 a cargo de Sutter Schneider, que lleva todas las causas por violaciones a los derechos humanos cometidas en el Segundo Cuerpo de Ejército durante la dictadura. Alberto Larrabure reclamó al magistrado que declare el hecho "crimen de lesa humanidad", la reapertura de la causa y el juzgamiento de los responsables de la muerte de su padre, con la asistencia del letrado Javier Vigo Leguizamón, de Santa Fe.
Entonces el juez le dio vista al ex fiscal Francisco Sosa, quien se negó a la reapertura de la causa alegando que la acción penal se encontraba prescripta por tratarse de un delito común insusceptible de ser encuadrado en el concepto de crimen de lesa humanidad porque no intervinieron agentes estatales, en coincidencia con la doctrina de la Corte Suprema de Justicia. Y giró después la causa al fiscal General de Cámara Claudio Palacín, quien fue consultado por este diario.
--¿Cuándo llegó el expediente a sus manos?
-- El expediente llegó a la fiscalía el miércoles 13 de junio y lo estuve estudiando con mi equipo, con lo cual observamos una omosión de parte del juez federal Nº 4 Germán Sutter Schneider, que no resolvió nada sobre el tema. Quiero recordar que el ex fiscal Sosa dictaminó sobre la causa y dijo que el caso Larrabure no era un crimen de lesa humanidad y que por lo tanto estaba prescripto, es decir que la acción penal había fenecido por el transcurso del tiempo. Esto tiene una lógica: la prescripción penal está fijada para la seguridad jurídica, que en esos casos prevalece sobre la justicia para no tener una persona o a un grupo de personas perseguidas por tiempo indefinido. Por lo tanto la prescriptibilidad establece que si el Estado no persigue durante un tiempo los delitos comunes se considera que no puede perseguir más.
--¿Cuál fue el paso siguiente?
--Al dictaminar Sosa que Larrabure no era un delito de lesa humanidad, y por lo tanto había que archivarlo, Sutter Schneider tenía que resolver eso: podría haber dicho que estaba de acuerdo con el fiscal Sosa. Allí le cabía entonces al querellante, el hijo del coronel Larrabure, apelar la decisión. Entonces si el recurso llegaría a la Cámara Federal, que me hubiese dado intervención en el tema, y recién entonces pronunciarme sobre mi adhesión o mi rechazo al planteo del querellante. Pero Sutter Schneider también podría haber resuelto que este caso constituía un crimen de lesa humanidad. Es decir: corresponde que el juez Sutter Schneider se hubiese jugado: quiero decir que expresara si considera que el caso era un delito común ya prescripto o si era un crimen de lesa humanidad. Debía decir si éste era o no un delito de lesa humanidad, entonces sí hubiese venido directo en consulta a mí, porque el fiscal de Cámara va en consulta cuando hay una disidencia o discordancia entre el fiscal que considera que no hay que investigar y el juez que estima que hay que hacerlo".
--¿Qué hizo Sutter Schneider?
--Puntualmente el juez Sutter Schneider no fijó posición sobre el tema, por lo tanto no hay controversia alguna. Lo único que hay es una pretención del querellante y el fiscal. Y Sutter dice que ante estos criterios encontrados, resuelve elevármelo para consulta: se olvida que tiene que resolver primero. El expediente se lo devolví recordándole que primero debe resolver, algo que no hizo hasta el momento.
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