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Sábado, 23 de abril de 2011

CORREO

Eficiencia energética

A raíz de apreciaciones que señalaban que a la reciente aprobación por parte del Concejo Municipal de la Ordenanza que modifica el Reglamento de Edificación incorporando por primera vez criterios sobre los "Aspectos Higrotérmicos y Demanda Energética de las Construcciones", se presenta como una imposición en función de que el Municipio --a la par de dicha aprobación - ha conformado una comisión que aborde la misma temática es preciso aclarar que dicha ordenanza no ha sido producto de improvisaciones ni significa contraposición alguna con iniciativas en el mismo sentido surgidas desde el ejecutivo. El proyecto de mi autoría fue presentado el 15 de diciembre del año pasado, con amplia difusión mediática, y estuvo desde entonces en tratamiento en la Comisión de Planeamiento que le dio despacho por unanimidad diez días antes de su aprobación definitiva en el recinto, también por unanimidad. El proyecto había sido además trabajado desde comienzos del 2010, con participación y consultas a docentes investigadores y profesionales de las Facultades de Ingeniería y Arquitectura de la UNR, Arquitectura de La Plata y vinculados a comisiones de sustentabilidad de los Colegios de Arquitectos y de Ingenieros Civiles de Rosario, contándose entre ellos a varios de los máximos referentes de la temática en el país. Por otra parte, por tratarse de la primera norma que contempla esta problemática, las restricciones que la misma introduce son muy moderadas, en comparación con las normas de los países que han abordado esta problemática ya desde los años 70, muchísimo más estrictas y en permanentemente revisión para elevar los estándares de eficiencia energética. En realidad, la norma aprobada prácticamente se limita a establecer la obligatoriedad del cumplimiento de algunas de las normas Iram, vinculadas al confort higrotérmico de los edificios. La propia ordenanza, en su artículo 5 establece la formación de una Comisión especial, para asesorar al Departamento Ejecutivo en la reglamentación de la misma y coordinar el asesoramiento; capacitación y seguimiento de los cuerpos técnicos de cada organismo y/o repartición de aplicación, de modo que la iniciativa del Departamento Ejecutivo (bastante posterior a la presentación del proyecto) de conformar una Comisión Asesora sobre la temática, lejos de contraponerse a la sanción de la ordenanza, puede servir para confluir en la implementación, no solamente de la misma, sino de otras medidas que será necesario ir tomando para avanzar en el mejoramiento de la eficiencia energética en la construcción.

Alberto Cortes

Concejal Proyecto Sur

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