Viernes, 29 de junio de 2007 | Hoy
"Por aberrantes que puedan aparecer los delitos que se imputan a una persona, lo cierto es que mientras dicha imputación no se traduzca en una condena que haya pasado en autoridad de cosa juzgada, los derechos que le asisten a aquél, siguen siendo merecedores de la tutela conferida por las normas superiores que son de la esencia del Estado de Derecho". De este modo el Tribunal Electoral santafesino habilitó la candidatura a intendente de San Lorenzo de Pedro Alberto Rodríguez, al desestimar el planteo efectuado por Luis Finoli quien sostuvo que "estaba inhabilitado moralmente para ser elector según la Constitución provincial", por estar procesado por crímenes de lesa humanidad.
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