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Domingo, 27 de abril de 2014

OPINIóN

Una auténtica Constitución progresista y laica

 Por Oscar M. Blando*

La Constitución santafesina de 1921 fue invisibilizada: no se encuentra en los anaqueles de las bibliotecas ni en las librerías, tampoco está accesible en los modernos formatos comunicacionales ni figura -como asegura Miguel A. De Marco (h)- en la Historia de las Instituciones de la Provincia de Santa Fe en el tomo relacionado con Documentos, Tratados, Convenciones y Constituciones.

Quizá por ello pocos recuerdan que esa Constitución no pudo ponerse en vigencia en 1921 pese a la unánime sanción de los constituyentes electos por el voto popular porque fue desconocida por un simple decreto de un Gobernador; y también tal vez pocos se acuerden que el honesto y progresista gobierno de Luciano Molinas, entre 1932 y 1935, la puso en vigencia y, como señala Felipe Pigna, comenzó a aplicar, bajo ese marco constitucional, políticas keynesianas un año antes que Roosvelt lo hiciera a través del New Deal en Estados Unidos.

En efecto, la Constitución de 1921 es reconocida como una de las reformas más progresistas de su época en la Argentina, avanzada en Latinoamérica y adscripta al constitucionalismo social como lo fueron la Constitución de México de 1917 y la de Weimar de 1919. Consagró, antes que en la Nación, los derechos de los trabajadores y de los más necesitados y garantizó la estabilidad del empleado público. Estableció las Bases de un Régimen Económico y del Trabajo de vanguardia: fijaba la jornada máxima de labor y el salario mínimo; destinaba una parte de la renta fiscal para la construcción de casas para obreros.

Por primera vez en la historia de la Provincia esa Constitución propuso un estado laico con neutralidad religiosa del Estado pero con garantía y respeto por la libre profesión de todos los cultos. Como diría Lisandro de la Torre, el gran impulsor de ese texto: esa Constitución seguiría la tradición de reformas laicas introducidas en la Nación: la secularización de los cementerios, el registro civil, el matrimonio civil, la enseñanza laica.

Ese Carta constitucional consagró, lo que para afrenta de los santafesinos, aún no hemos logrado: la autonomía municipal, y en 1933, Santa Fe y Rosario dictaron sus propias cartas orgánicas, y reconoció más de 70 años antes que en la Nación.

Porque es parte de la mejor tradición institucional santafesina de raigambre democrática y progresista, deberá tenerse presente cuando más temprano que tarde reformemos y actualicemos nuestra actual Constitución de 1962.

*Director de Reforma Política y Constitucional del Ministerio de Gobierno. Docente e Investigador. El libro "La Constitución de 1921. La Verdadera Constitución progresista de Santa Fe" se presentará mañana a las 19 en la Facultad de Derecho de la UNR, Córdoba 2020.

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