OPINIóN
› Por Anibal I. Faccendini*
Entró en vigencia la ordenanza 9465 que establece la obligatoriedad del Derecho de Jarras. Esto es, que el consumidor en bares, restaurantes y establecimientos gastronómicos tiene el derecho de acceder a agua potable, libre y gratuita. Si el dueño o responsable no cumple será pasible de sanciones. Con éstas características intrínsecas de derecho autónomo, se convierte en vanguardia en la región.
Cuando en su momento estudiamos e investigamos en la Cátedra del Agua de la UNR-FCPyRR.II. sobre el acceso al agua potable libre y gratuita en espacios privados de servicios gastronómicos, descubrimos como estaba "normalizada" sociológicamente la ausencia de esta vital bebida. Debemos recordar que el agua es un derecho humano que atraviesa todos los espacios y funciones.
A partir de una necesidad objetiva, nacía entonces la creación y construcción sociológica y jurídica del Derecho de Jarras de la Cátedra del Agua. Es decir el derecho humano que tiene todo consumidor al acceso de agua potable, libre y gratuita en bares, restaurantes y en establecimientos de servicios gastronómicos. Implicó todo un desafío la implementación de este derecho que habíamos generado. Para ello desde la ciencia sociológica analizamos la imprescindibilidad de romper con lo "obvio" y "normal" de que alguien en un bar no podía tomar solamente agua.
La construcción de este nuevo derecho de marras, se alimentó de diversas fuentes a saber: 1) Ayudaron los seis años de pedagogía del agua llevada a cabo por nosotros, con clases, talleres, conversatorios, conferencias y jornadas muy importantes a nivel de la ciudad, la provincia y la nación. 2) La pedagogía y la profunda ambientalización del agua en la urbanidad, también nos permitió difundir por años en la sociedad la actitud activa de valorización y preservación de este importante derecho humano. 3) El trabajo de campo que realizamos entre los años 2012 a 2014, donde la Cátedra del Agua realizó por primera vez en Rosario, un relevamientos ambiental sobre casi 100 espacios públicos, . Se logró constatar las ausencias de bebederos públicos. Cuando lo planteamos a la Municipalidad de Rosario, se consiguió que tomara nuestra idea e investigación, y que colocaran bebederos en los parques España, Scalabrini Ortiz, Urquiza, Alem, Norte, Yrigoyen y en otros parques.
El largo camino de creación del Derecho de Jarras que hemos historiado, logró un importante respaldo a fines de agosto de 2015 cuando nuestro espacio académico consiguió que la Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe, mediante dictamen, lo reconociera y recomendara su aplicación en los ámbitos provinciales y en otros espacios estatales.
Toda esta energía académica y de campo desembocó en que se sancionara por unanimidad en el Concejo Municipal de Rosario la ordenanza 9465, con la cual el Derecho de Jarras pasó a tener explícitamente carácter obligatorio.
*Director Cátedra del Agua UNR.
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