CIUDAD › CONDENA POR UNA FUGA
El juez de sentencia Ismael Manfrín condenó ayer a terminar la escuela secundaria y a tres años de prisión de cumplimiento condicional (es decir, que no irá preso), al policía policía Matías Olmos por el delito de facilitamiento de evasión e incumplimiento de deberes de funcionario público, en la causa por la fuga de la Alcaidía de Policía de Emiliano Rodríguez, el 7 de abril de 2012. El detenido se escapó sin forzar ninguna puerta, en un "descuido" del agente, que fue absuelto por cohecho. El magistrado privilegia "el criterio de resocialización frente al de la culpabilidad demostrada ante la gravedad del injusto" y por eso decidió que el condenado "finalice la escolarización obligatoria y se someta al cuidado de un patronato".
Para Manfrín, "se encuentra probado que Matías Alberto Olmos, en circunstancias en que se encontraba cumpliendo funciones de Oficial de Guardia en la Alcaidía Mayor de la Unidad Regional II facilitó de manera dolosa la evasión del interno Emiliano Gabriel Rodríguez". El magistrado describió que "al promover la salida desde el Pabellón A donde se hallaba alojado alegando la realización de tareas de limpieza informales", Olmos se ausentó entre cinco a siete minutos y dejó solo al detenido, "lapso en el que aquel consumara la fuga del establecimiento, prestando de tal modo una contribución dolosa sin la cual aquel no habría logrado su propósito de fuga". Con esa actitud, el agente omitió los deberes a su cargo, sumado a que no documentó en el Libro de Guardia la salida del interno desde el lugar donde estaba alojado.
Sin embargo, Manfrín no encontró probado que Rodríguez le haya pagado 10.000 pesos al policía para irse. "Por el contrario, la prueba incorporada no alcanza el grado de convicción suficiente para el dictado de condena por la conducta encuadrada en el delito de cohecho pasivo por la cual Matías Alberto Olmos también fuera sometido a juzgamiento".
Si bien el propio Rodríguez había declarado, en abril de 2012, que Olmos le pidió ese dinero para dejarlo ir, el juez entendió que hubo elementos desincriminantes y por eso absolvió al agente de la acusación de coimas. Manfrín apostó además a la resocialización del condenado, teniendo en cuenta "su edad, el estado de libertad, la ausencia de antecedentes penales computables y la impresión personal causada en la audiencia".
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