El crimen de Diana Amancay Sacayán será juzgado como femicidio y la novedad es que por primera vez esta figura será aplicada a una mujer trans. Ahora, lo pendiente es la mención del concepto “travesticidio”, algo que Diana reclamaba en la marcha Ni una menos. A cuatro meses de la muerte, y con los detenidos que estratégicamente siguen sin declarar, el Ministerio Público Fiscal publicó un informe sobre las instancias de la investigación. Señalan que esta manera de tratar el asesinato travesti marca un camino en las formas judiciales, “una buena práctica a replicar para revertir los patrones de impunidad existentes en este tipo de delitos y contribuir a la prevención de la violencia contra las mujeres y las personas LGBTI”.
› Por Matías Máximo
La noche del 13 de octubre pasado, después de horas de juntar pruebas en el departamento de Flores donde vivía Diana, el equipo forense se llevó el cuerpo rodeado de cámaras, vecinos morbosos y especulaciones de todo calibre. En noviembre la fiscalía pidió la detención de dos sospechosos y hoy las pruebas que los incriminan son varias: una persona dijo que a la madrugada, cuando entraba al edificio, se cruzó en el hall con estos hombres que le pidieron salir (la puerta se abre solo con llave). Antes, un empleado de seguridad los había visto entrar. Hay tres filmaciones que los registraron y los análisis de ADN tomados en el departamento también coinciden. Un vecino escuchó a las cuatro de la mañana un ruido que lo despertó, parecido a “un ropero que caía”, y por eso se calcula que esa fue la hora de la muerte. El lugar estaba revuelto.
No les bastó con quitarse de encima a quien podía acusarlos. Se ensañaron. “El fiscal Matías Di Lello se presentó en la escena del crimen y coordinó la actuación de las fuerzas de seguridad para recolectar los elementos probatorios que indicaban la posible motivación del delito en la identidad de género. Se prestó especial atención a los rastros de extrema violencia”, dice el informe del MPF que elaboró la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM). El 28 de diciembre la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el procesamiento y la prisión preventiva que pidió la querella para los sospechosos. El cargo: “Delito de homicidio a una mujer mediando violencia de género, en concurso real con el de robo simple, en carácter de coautores”.
La investigación se pensó en la Fiscalía Nacional de Instrucción N° 4, a cargo de Di Lello, que trabajó en conjunto con la UFEM y la Dirección de Orientación y Acompañamiento de Víctimas (Dovic). Los protocolos por femicidio estuvieron desde el comienzo: “Personal capacitado en violencia de género colaboró en las entrevistas a los testigos y la recolección de otros elementos probatorios, aportando una perspectiva integral sobre el fenómeno y asegurando una actuación libre de estereotipos”.
En los primeros días se recibió testimonio de más de veinte testigos, se cruzaron peritajes forenses y genéticos, intervenciones telefónicas y datos de las redes sociales. “Este abordaje coordinado y con perspectiva de género permitió identificar a dos ciudadanos argentinos como los posibles autores del delito y reunir elementos suficientes para acusarlos por el femicidio. La investigación demostró que los presuntos agresores conocían a la víctima y que uno de ellos mantenía una relación íntima con ella desde un mes antes de la muerte”.
La resolución del procesamiento tomó la perspectiva de género introducida por el MPF y reconoce que la violencia contra personas LGBTI es un fenómeno estructural, vinculado a la existencia de patrones culturales de discriminación, subordinación y marginación por razones de género.
Otra de las líneas de investigación fue la de violencia institucional. El mes anterior a su muerte Diana había sido demorada por la Metropolitana junto a Martín Lanfranco, del Inadi, cuando iba al Senado bonaerense para hacer el aguante a la ley de cupo laboral trans. Según las declaraciones de testigos del Movimiento Antidiscriminatorio de Liberación, el arresto fue totalmente injustificado. En esa causa intervino la Procuraduría de Violencia Institucional y, de momento, Lanfranco no tuvo novedades. Otro episodio fue el que sufrió Diana en la estación de Laferrere golpeada por un gendarme: si se busca en el archivo de SOY ella misma relató el maltrato a su identidad y a su cuerpo travesti.
La familia de Diana está representada en una estrategia conjunta por el equipo de Abogad*s por los Derechos Sexuales (Abosex) junto a Gabriela Carpinetti y Nahuel Bergier. El Inadi, única vez desde su creación, también fue aceptado como querellante. Desde el momento en que empezaron las declaraciones, cuando frente a la fiscalía se convocó un grupo para reclamar justicia, Lohana Berkins fue una brújula para instalar el concepto “travesticidio”.
La palabra está en construcción y no aparece en legislaciones nacionales ni internacionales. “El travesticidio es una forma específica de violencia contra aquellas personas que expresan una identidad de género que no se condice con los criterios ‘normales’ de cómo se ve la feminidad o la masculinidad. Hablábamos mucho con Lohana acerca de los valores culturales de quien ejerce la violencia sobre el cuerpo travesti, por cómo se expresa en esos cuerpos la masculinidad, la feminidad y el acto amoroso. Hay algo de lo que se juega en cuanto al cuestionamiento de las relaciones de poder”, dijo a SOY Emiliano Litardo, de Abosex.
Litardo plantea que primero hay que instalar el concepto político de la palabra para después trasladarlo a la ley, así se asimila y se entiende de una forma real: “Los travesticidios fueron en la historia moneda corriente para un sistema penal funcional, totalmente conservador y misógino que se articula con un sistema médico que sigue pensando y patologizando a las identidades travestis. Esto se combinó durante mucho tiempo con un sistema político, que a través de los edictos policiales construyó esta idea o este pensar de los cuerpos travestis, de gays y lesbianas como pervertidos o invertidos. Esto termina condicionando y construyendo un imaginario sobre cuerpos que valen menos que otros, entonces no genera tanto escozor social que las travestis mueran”.
Abosex es una red de ocho abogados activistas que patrocinan y asesoran en casos de todo el país. Iñaki Regueiro de Giacomi también está interiorizado en el caso de Diana. “Es importante que se haya aplicado por primera vez la figura del femicidio a una travesti y eso lo destacamos, pero lo que planteamos en este caso es que lo que ocurrió es un travesticidio, porque son dos fenómenos diferentes. En el colectivo travesti transexual hay situaciones de violencia diferentes de las que muchas veces es víctima una mujer biológica”.
Según Regueiro de Giacomi, “se pudo ver con claridad también en el marco de las reuniones que se tuvieron con los fiscales, de donde participó Lohana, que ella misma era la que les marcaba que la concepción de lo que es una pareja, para muchas mujeres, dista de lo que son las relaciones afectivas o sexuales que tienen las travestis. Fue vital que integrantes del colectivo trans pudieran conversar con los miembros de la investigación para allanar algunas cuestiones y modificar las líneas de investigación. No por el interés sociológico sobre un grupo humano, sino para llegar a la verdad y no pensar que algo que ocurre es atípico, ya que quizá sea parte de la realidad de este colectivo que quien lo lee desconocía. Activar protocolos específicos sería una clave”.
En los próximos meses, quizá en el segundo semestre del año, la investigación estaría lista para pasar a la instancia del juicio oral. Berguier, que junto a Carpinetti patrocinó varios casos de femicidio, explicó que “en 2012 se reformaron varias partes del Código Penal y una de ellas fue el artículo 80, donde se incluyó entre agravantes al “femicidio”, en el inciso 11, y la identidad de género, en el cuarto. Dado el altísimo grado de violencia sobre el cuerpo de Diana, cualquiera de los dos incisos podría ser considerado”.
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