17:40 › CóRDOBA
Un empresario de 64 años fue condenado hoy, en Córdoba, a ocho años de prisión por la violación reiterada, desde los 9 años, de su empleada doméstica, quien en 2006 fue absuelta por el asesinato de su hija recién nacida y engendrada en esas circunstancias.
La Cámara Primera del Crimen, integrada por los jueces Mario Capdevila, Jorge Fantín y Lorenzo Rodríguez, condenó a Arturo Benavídez por los delitos de abuso deshonesto reiterado, abuso sexual con acceso carnal y lesiones leves, durante un juicio que se realizó a puertas cerradas en la capital provincial.
La víctima es Elizabeth Díaz, de 20 años y conocida como "Eli" a partir del proceso iniciado por la muerte de su hija recién nacida, en febrero de 2006, y estuvo presente durante el proceso.
La sentencia del tribunal coincidió con los ocho años solicitados por el fiscal, Marcelo Novillo Corvalán, y fue cuestionada tanto por la querella como por la defensa.
Las partes querellantes manifestaron su desacuerdo con la condena, en relación a los 20 años que habían pedido durante los alegatos.
"No estamos de acuerdo con el fallo, pero la condena por ocho años es un paso adelante y que se logró por la gran movilización y la valentía que Elizabeth demostró desde el día que denunció este hecho", dijo la abogada de la víctima, Leticia Celli.
En igual sentido se manifestó el otro abogado querellante, Felipe Celli, al sostener que "los 20 años que se pidió se ajustaban a la realidad de los hechos ocurridos".
El letrado remarcó que los delitos "están probados" y que por el daño sufrido Díaz se encuentra bajo tratamiento psiquiátrico y hace un "esfuerzo titánico para salir adelante en la vida, estudiando y trabajando".
El defensor del condenado, Carlos Harabedian, también se manifestó en contra de la sentencia, al sostener, como lo hizo en los alegatos, que las relaciones sexuales fueron "consentidas" y que se dieron entre los 12 y 19 años de Díaz.
Todas las partes adelantaron que promoverán la "casación" del fallo y que los términos del planteo se definirán una vez que se conozcan los fundamentos de la sentencia.
Frente al edificio de Tribunales se manifestaron representantes de varias organizaciones sociales, quienes protestaron y repudiaron la sentencia, por considerar que fueron pocos los años de prisión para Benavídez.
Este hecho -que para muchos guarda similitudes con el caso de Romina Tejerina, de Jujuy- se conoció en 2006, cuando Díaz fue absuelta por matar a golpes a su hija recién nacida, durante una juicio en la comuna cordobesa de Villa Dolores.
El jurado popular consideró entonces que la joven -que tenía 18 años- no había sido dueña de sus actos, cuando el 8 de febrero de ese año asesinó a la beba, que era el producto de más de una década de abusos sexuales por parte de su patrón.
Después de ese proceso, el fiscal Emilio Andruet investigó las declaraciones indagatorias de la chica y ordenó la detención del empresario maderero, residente en la localidad de San Javier, a unos 150 kilómetros al sudeste de la capital de Córdoba, y tras un examen ADN se determino que era el padre de la beba.
Durante el nuevo proceso, Eli relató que en la casa de Benavídez realizó tareas domésticas desde los nueve hasta los 18 años y que todo ese tiempo fue abusada por su patrón, un hombre casado y padre de dos hijos, quien tras la condena fue derivado al penal de la localidad de Bower, vecina a la ciudad de Córdoba.
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