13:01 › CONGRESO
Por 55 votos a favor la Cámara alta convertió en ley el proyecto que regula la protección de la dignidad de los enfermos en “estado irreversible o incurable o vegetal” para garantizar su autonomía y el respeto a su voluntad de seguir sometiéndose o no a determinados tratamientos médicos. Además, libera de la responsabilidad civil, penal y administrativa a los profesionales que obren de acuerdo a la ley, que contempla la decisión del paciente.
Entre otros puntos, la ley de muerte digna otorga a la familia el derecho a tomar la decisión sobre la abstención y retiro de medidas de soporte vital –como hidratación y alimentación– en pacientes con una enfermedad irreversible, incurable o en estado terminal, cuando “produzcan como único efecto la prolongación en el tiempo de ese estadio terminal, irreversible o incurable”, como en casos de estado vegetativo permanente. Los médicos que intervengan no podrán ser sometidos a acciones administrativas, civiles ni penales. La norma excluye la eutanasia y el suicidio asistido.
“Esta ley no obliga a nadie. Ampara a los médicos, a los familiares y a los propios pacientes”, había resumido Selva Herbón, mamá de Camila Sánchez, de casi 3 años, que está en estado vegetativo irreversible desde que nació, pero los médicos no quieren desconectarla por temor a un reclamo judicial.
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