23:31 › EL CAMBIO DE DATOS SE SOLICITARá AL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS
El Senado aprobó por unanimidad la ley de identidad de género, a través de la cual el Estado se compromete a garantizar que cada ciudadana y ciudadano tenga un DNI acorde con su “identidad autopercibida”. Además, tanto mayores de edad como niñas, niños y adolescentes –en estos tres últimos casos, con acompañamiento de sus padres– podrán acceder a tratamientos hormonales sin necesidad de intervención judicial.
Asimismo, la norma plantea que para las intervenciones quirúrgicas, solamente se requerirá la participación de la Justicia cuando la persona, aun cuando cuente con acompañamiento de sus padres, sea menor de 18 años. En todos los casos, los tratamientos estarán incluidos entre las prestaciones de Plan Médico Obligatorio.
“El proyecto prevé el reconocimiento del género en el DNI, que puede o no coincidir con el sexo al momento del nacimiento. Incluye el prenombre, la imagen y el género autopercibido en el documento y sin necesidad de autorización judicial, administrativa, sin gestor ni abogado”, resumió Pedro Paradiso Sottile de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), que integra el Frente Nacional por la Ley de Identidad de Género.
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