13:00 › CAMBIO DE LóGICA
Tal como lo había anunciado ayer la presidenta Cristina Kirchner, el Gobierno oficializó la medida para que las compañías de telefonía celular sólo computen el cobro de las llamadas que efectivamente se atiendan. La norma, publicada en el Boletín Oficial, estableció que las empresas tendrán 30 días para dar cumplimiento efectivo al nuevo sistema y no 90, como se había anticipado.
"Establécese que el tiempo de tasación de las llamadas originadas en usuarios de servicios móviles comenzará desde el momento que el abonado llamado contesta directamente o por medio de una casilla de mensajes, hasta el momento en que finaliza la comunicación" dice el artículo 1 de la resolución 45 de la Secretaría de Comunicaciones oficializada hoy y cuyo segundo ítem deja claro que "las comunicaciones que no sean contestadas por el abonado llamado, directamente o por medio de una casilla de mensajes, no podrán ser facturadas ni cobradas bajo ningún concepto".
El tercer artículo establece el plazo de 30 días para la aplicación y, más arriba, entre los considerandos, deja claro que la decisión fue tomada porque "no resulta razonable tener en cuenta intervalos de tiempo adicionales que involucren ocupación de órganos de la red, cuál sería el caso del período que transcurre entre la activación del 'send' y el efectivo comienzo de la comunicación materializado al recibir la señal de respuesta abonado llamado contesta”.
Asimismo, indica que sólo en la llamada atendida existe consumo y, por lo tanto, un deber de pago. No antes. La medida, argumenta el texto, se adoptó que en virtud del artículo 42 de la Constitución Nacional, que señala que es obligación del gobierno nacional velar por la defensa de los intereses del consumidor, así como generar las condiciones necesarias para garantizar la libertad de elección en la relación del consumo.
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