21:22 › CRIMEN DEL GOBERNADOR
La Cámara Primera en lo Criminal de General Roca impuso una pena de 18 años de prisión a la viuda del gobernador de Río Negro Carlos Soria y dispuso que siga alojada en el hospital donde se hallaba hasta ahora. Fue encontrada culpable del delito de "homicidio calificado por el vínculo agravado por el uso de arma de fuego con circunstancias extraordinarias de atenuación". La defensa había pedido que fuera declarada inimputable o, en su defecto, responsable de "homicidio culposo" provocado por emoción violenta.
La mujer estaba acusada de asesinar a Soria el 1 de enero último de un disparo en la cara con un revolver Smith & Wesson calibre 38, propiedad de la víctima, en el dormitorio matrimonial de la chacra de la familia, en las afueras de General Roca. El hecho se produjo cerca de las 4 de la madrugada tras la reunión familiar de fin de año, de la que participó parte de la familia del entonces mandatario provincial.
El juicio a la viuda comenzó el 15 de octubre último y desde entonces declararon ante el tribunal 31 testigos. El 7 de noviembre pasado se realizó la última audiencia del debate, en la que concluyeron los alegatos de las partes. Durante el debate, la viuda se abstuvo de declarar en dos oportunidades: al inicio, luego de la lectura del requerimiento de elevación a juicio, y al final, tras los alegatos.
La fiscal de Cámara, Laura Pérez, pidió la pena de prisión perpetua porque consideró que su accionar fue consecuencia de años de degradación de un matrimonio, en el que ambos integrantes peleaban regularmente con suma violencia verbal aunque no física. También enmarcó el hecho en una conducta de celos obsesivos y desconfianza de la acusada hacia su marido, probablemente justificada en algún caso de engaño.
Pérez descartó de plano el atenuante de "emoción violenta" afirmada por el perito psiquiatra oficial, Ricardo Risso, y también desestimó que la imputada padezca una serie de graves trastornos mentales, además de la intoxicación por alcohol y psicotrópicos señalada por el perito de parte, el psiquiatra Carlos Cornaglia.
Por su parte, el defensor de Freydoz, Alberto Ricchieri, solicitó al Tribunal que su clienta sea declarada inimputable en función de los trastornos mentales citados por Cornaglia (obsesión paranoica, psicosis, esquizofrenia, y otros) y de la intoxicación por el consumo excesivo de alcohol y psicofármacos de ese día. Por eso pidió su absolución o que, en su defecto, sea condenada por homicidio culposo (accidental) o guiado por emoción violenta.
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