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Haciendo lugar a un dictamen del exprocurador General de la Nación Esteban Righi, el máximo tribunal revocó la resolución de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, que había entendido que la causa por la voladura de la fábrica militar podría estar prescripta, y mantuvo el procesamiento dictado contra dos exmilitares acusados del delito de "estrago doloso agravado por la muerte de personas".
El dictamen fue firmado por la jueza Elena Highton de Nolasco y los jueces Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Eugenio Zaffaroni, quienes ordenaron dictar un nuevo fallo sobre la explosión que mató a siete personas y por la que estuvo involucrado el expresidente Carlos Menem, condenado días atrás por contrabando de armas a Ecuador y Croacia.
La decisión revoca la resolución de Casación que había anulado una medida dictada por la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, que rechazaba el planteo de prescripción formulado por los acusados Jorge Antonio Cornejo Torino y Marcelo Diego Gatto, y confirmaba su procesamiento como coautores.
De esta manera, el expediente volverá a la Cámara de Casación para que se dicte un nuevo fallo conforme a derecho, según especificó el fallo que, además, consideró que la resolución impugnada presentaba serios "vicios de fundamentación".
El texto sostuvo, además, que Casación había omitido realizar “una adecuada ponderación de aspectos relevantes de la causa” por lo que la decisión que tomó no sólo podía derivar en la prescripción penal sino afectar las garantías constitucionales de defensa en juicio y debido proceso.
La causa investiga la presunta intencionalidad de las explosiones ocurridas en noviembre de 1995 en los Depósitos de Expedición y Suministro de la Fábrica Militar Rio Tercero, mientras Cornejo Torino era el director y Gatto el jefe de la División Producción Mecánica. Con la voladura se habría pretendido ocultar la falta de armas que habrían sido parte del contrabando ilegal a Ecuador y Croacia, durante la gestión menemista.
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