Mar 02.07.2013

15:54  › LA CORTE LE PIDIó EL DICTAMEN A LA PROCURADORA

Más cerca del fallo por la Ley de Medios

La Corte Suprema dispuso "correr vista" a la procuradora general de la Nación para que emita su dictamen (no vinculante) acerca de la causa iniciada por el Grupo Clarín contra la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Una vez que reciba el despacho de Alejandra Gils Carbó, el Máximo Tribunal estará en condiciones de dar su opinión definitiva sobre el expediente que frenó la aplicación de las cláusulas antimonopólicas de la norma aprobada por el Congreso Nacional en 2009.

El Centro de Información Judicial (CIJ) informó que la Corte Suprema resolvió por unanimidad en su acuerdo de hoy pedirle a la procuradora su dictamen en la causa por la constitucionalidad de la ley 26.522. La reunión del Máximo Tribunal contó con la presencia de seis de sus siete jueces. Estuvieron presentes Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni, Enrique Petrachi y Carmen Argibay, mientras el único ausente fue Carlos Fayt.

El pasado 14 de junio la Sala I de la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal aceptó los recursos extraordinarios presentados por el Estado Nacional, la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), Cablevisión SA y el Grupo Clarín, con lo que elevó el caso a la Corte.

Antes, el 17 de abril, esa misma Cámara declaró inconstitucionales varios artículos de la norma aprobada en 2009 por el Congreso, que estuvo frenada por sucesivas medidas cautelares a favor del Grupo Clarín. Con su fallo, los camaristas María Susana Najurieta, Francisco de las Carreras y Ricardo Guarinoni revirtieron una decisión de primera instancia del juez Horacio Alfonso, que había considerado constitucional las limitaciones al tope de licencias por entender que no afectan la libertad de expresión, que es el derecho constitucional tutelado.

El fallo de la Sala I declaró inconstitucional el límite a las licencias de televisión por cable establecido en el apartado segundo del artículo 45, que fija el máximo del 35 por ciento del mercado en manos de un solo operador. Consideró que la aplicación de esas limitaciones afectaría la viabilidad económica de Clarín, lo que "es una forma de restringir por vía indirecta la libertad de expresión y de información". La Cámara también declaró inconstitucional el artículo 48, que sostiene que el régimen de multiplicidad de licencias previsto en la ley "no podrá alegarse como derecho adquirido".

En cambio, los jueces confirmaron la facultad del Estado para intervenir en las licencias de televisión abierta que se emiten a través del espacio radioeléctrico. Además, avalaron el plazo de adecuación de un año a la "cláusula antimonopólica", que ya estaba vencido y que la misma Cámara había cuestionado.

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