15:30 › EL PERDóN DEL TIEMPO
El Tribunal Oral Federal 4 declaró la nulidad parcial del pedido de la fiscalía que acusó al expresidente de omitir en su declaración patrimonial del año 2000 dos cuentas bancarias en el exterior, propiedades, dos aviones ultralivianos, inmuebles en La Rioja y acciones en diferentes empresas. Los fundamentos se conocerán el próximo jueves.
Los jueces declararon nulo el procesamiento de Carlos Menem por el artículo 293 del Código Penal, falsedad ideológica de instrumento público, y el 248, incumplimiento de deberes; en tanto declaró prescripta la omisión maliciosa. La resolución fue dictada en la jornada del juicio en la que se debían resolver planteos de nulidad hechos por la defensa del actual senador y, por otro lado, decidir si hacían lugar al pedido de la fiscal Fabiana León, quien había admitido la posible prescripción pero había solicitado realizar el debate.
Los magistrados Néstor Costabel, Patricia Mallo y Enrique Pose resolvieron dictar sentencia en los tribunales federales de Retiro sin siquiera llamar a Menem a indagatoria. Declararon "de oficio la nulidad parcial del requerimiento fiscal de elevación a juicio, del procesamiento y de todo lo actuado en consecuencia", por considerar que se elaboraron en base a delitos por los cuales nunca se indagó a Menem durante la instrucción de la causa que estuvo a cargo del juez federal Norberto Oyarbide.
El exmandatario quedó absuelto así por no haber declarado una cuenta en Suiza, de 600 mil dólares, y otra en el principado de Liechtenstein, abierta a nombre de la sociedad "Red Spark Foundation", por 6 millones de dólares, cuya propiedad se le atribuía.
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