20:30 › CóDIGO PROCESAL PENAL
El oficialismo firmó el dictamen de la reforma del Código Procesal Penal, que será tratada el próximo miércoles en el recinto del Senado. La iniciativa llegará al debate con más de 40 modificaciones tras las audiencias públicas. Se dejó afuera del texto la figura de la “conmoción social” para dictar una prisión preventiva y se modificó el artículo 35, vinculado con la expulsión de inmigrantes cuando sean encontrados en flagrancia delictiva.
La reunión de comisiones fue encabezada por los presidentes de las comisiones de Presupuesto, Aníbal Fernández, y de Justicia, Pedro Guastavino, ambos del Frente para la Victoria.
El jefe del bloque del FPV, Miguel Angel Pichetto, destacó antes de poner a la firma que el del Código fue "un debate de casi siete meses" y consideró que muchos de los reparos expresados por senadores opositores fueron zanjados con las modificaciones introducidas al texto.
Por ejemplo, Pichetto señaló que "se eliminó el concepto de conmoción pública" que dijo "se usaba en la época de Onganía para negar la excarcelación". Por otra parte, remarcó que "para nosotros es un derecho" para los extranjeros que se pueda suspender el juicio a prueba si abandonan el país.
A través del senador Gerardo Morales, el radicalismo dijo estar de acuerdo con la mayoría de los cambios planteados, pero pidió una semana más para continuar analizando las modificaciones incorporadas antes de ser tratadas en el recinto. No obstante, Morales anticipó que impulsarían un dictamen propio de minoría, con otros cambios, entre los que mencionó la incorporación del juicio por jurados y cambios al funcionamiento del Ministerio Público, entre otras cuestiones.
Desde el FAU, en tanto, el socialista Rubén Giustiniani, destacó los cambios incorporados y dijo que hay acuerdo en la necesidad de modernizar el actual sistema, aunque coincidió con el radicalismo en solicitar más tiempo para estudiar las modificaciones.
Aníbal Fernández se comprometió a “seguir escuchando otras modificaciones que propone la oposición”, al reiterar la posibilidad de continuar incorporando modificaciones al proyecto el próximo martes.
En torno al caso de los ciudadanos extranjeros, el proyecto sostiene que la suspensión del proceso a prueba se aplicará cuando el delito prevea un máximo de pena de 3 años de prisión y el imputado no hubiere sido condenado a pena de prisión o hubieran transcurrido 5 años desde el vencimiento de la pena. En tanto, la expulsión dispuesta judicialmente conlleva, sin excepción, la prohibición de reingreso que no puede ser inferior a 5 años ni mayor de 15.
Se establece además que el imputado podrá proponer al fiscal la suspensión del proceso a prueba y que dicha propuesta podrá formularse hasta la finalización de la etapa preparatoria, salvo que se produzca una modificación en la calificación jurídica, durante el transcurso de la audiencia de juicio, que habilite la aplicación en dicha instancia. El acuerdo, que se hará por escrito, llevará la firma del imputado, de su defensor y del fiscal, y será presentado ante el Juez que evaluará las reglas de conducta aplicables en audiencia, lo cual evitará eventuales apelaciones de las partes.
Por otro lado, se estableció que los jueces serán asistidos por una oficina judicial cuya composición y funcionamiento defina la Ley de Organización y Competencia de la Justicia Penal Federal y Nacional, que deberá organizar las audiencias, organizar todas las cuestiones administrativas relativas a los jurados, dictar los decretos de mero trámite, ordenar las comunicaciones, custodiar los objetos secuestrados.
En cuanto a la prisión preventiva, se elimina la figura de la "conmoción social" del hecho y se establece que corresponde el dictado de ese mecanismo en función de la gravedad de las circunstancias y naturaleza del hecho y de las condiciones del imputado que sirvan para decidir los criterios de peligro de fuga o entorpecimiento del proceso previstos en este Código.
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