15:19 › EL DEBATE SOBRE LA IGUALDAD DE MUJERES Y VARONES EN EL PODER LEGISLATIVO
OPINIÓN
Por Victoria Donda Pérez *
En 1991 se sancionó la ley 24.012 de cupo femenino, que establece como piso mínimo el 30 por ciento de participación de mujeres en la conformación de las listas para los cargos electivos. Piso que con el pasar de los años se convirtió en un techo para la representación de las mujeres en la política Argentina.
En nuestro país, la reforma constitucional de 1994 otorgó a los tratados internacionales de derechos humanos jerarquía y rango constitucional. Entre estos tratados se encuentra la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw), la cual en su art. 7 establece el deber para los estados parte de adoptar las medidas necesarias a fin de eliminar la discriminación de las mujeres en la vida política y pública del país.
Dicha reforma instaló también de manera expresa, la “igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios” y las “acciones positivas” en esta materia (artículo 37 CN), así como también la obligación del Poder Legislativo de legislar y promover acciones del mismo tipo para garantizar la igualdad real de oportunidades y de trato. Y por último, el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por la Carta Magna y por los tratados internacionales de derechos humanos vigentes, en particular a las mujeres (artículo 75, inciso 23, CN).
No obstante todo lo detallado, es indudable que las mujeres continuamos siendo minoría en los máximos puestos de representación. El incremento en número de mujeres en el Poder Legislativo o la elaboración de normas a nivel nacional, no son suficientes para garantizar la igualdad real de oportunidades en el ámbito público entre mujeres y varones, debemos generar acciones positivas que la extiendan a todos los ámbitos de la vida del país.
En estas semanas se esta debatiendo el proyecto de ley de reforma política enviado por el Poder Ejecutivo al Congreso de la Nación. Tal como preveíamos, dicho proyecto no incorpora el necesario debate para la concreción de la participación paritaria de hombres y mujeres en lugares de representación. Por este motivo, junto a referentes de distintos espacios políticos y a organizaciones de mujeres y de derechos humanos, estamos debatiendo una propuesta que garantice la incorporación de las mujeres de manera paritaria para garantizar la pluralidad de voces y el fortalecimiento de la democracia.
Entendiendo que la gobernabilidad democrática es aquella que respeta los derechos humanos, vela por la igualdad y la no discriminación, por la transparencia y la participación en la toma de decisiones, es equitativa y responde a las necesidades de la sociedad, promoviendo el Estado de Derecho, nuestras sociedades deberían colocar la igualdad entre varones y mujeres como un aspecto y un objetivo central de su proyecto político y social por una razón de justicia y equidad social, pero también por el bien de sus democracias.
La realidad nos insta a proponer modificaciones, desde una perspectiva de derechos con el fin de adaptarla a los compromisos asumidos por nuestro estado en el ámbito internacional y a lo preceptuado por nuestra Carta Magna, para que se garantice de manera cierta la paridad entre mujeres y varones.
Debemos impulsar el 50 y 50 en la representación de los cargos legislativos nacionales y provinciales. Para esto, y de manera reiterada, vengo presentando desde el principio de mi mandato un proyecto de ley que propone la participación igualitaria de varones y mujeres en los cargos electivos y ejecutivos. Las mujeres somos más del 50 por ciento de la población, debemos tener una representación que dé cuenta de ello.
* Diputada nacional. Presidenta del Bloque de Libres del Sur. Presidenta de la Comisión de DDHH.
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