› LA JUSTICIA RATIFICó UN FALLO DE PRIMERA INSTANCIA • SUBNOTA
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó la apelación del Estado nacional y le ordenó al Instituto Nacional de Estadística y Censos que, en el lapso de 20 días, informe cómo calcula el Indice de Precios al Consumidor (IPC).
En primera instancia, la jueza había intimado para que complete la información respecto de los índices publicados a partir de la notificación del pronunciamiento de la Cámara, ocurrido el 15 de octubre de 2008, y ajustar a los términos de esa sentencia las sucesivas publicaciones de las mediciones.
La magistrada sostuvo que no bastaba con la sola identificación y ponderación de los 132 productos cuyos precios componen el 100 por ciento del IPC, sino que la demandada debía indicar las variedades tenidas en cuenta para calcular el precio de cada producto –incluyendo las variedades de los productos que integran las cinco canastas estacionales- y sus respectivas ponderaciones, pues a ello había sido expresamente condenada.
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